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lunes, 25 de noviembre de 2024 | Última actualización: 23:18

Los populares de l'Alcora recuerdan a las familias numerosas que pueden solicitar la bonificación del 50% del IBI

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El portavoz del grupo municipal del Partido Popular en l'Alcora, Vicente Mateo, ha recordado a los vecinos de la localidad que hasta el próximo 31 de marzo tienen de plazo para solicitar la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que se aplica a los vecinos que posean el título de familia numerosa. "Se trata de una ventaja fiscal que celebramos que el tripartito que ahora gobierna haya decidido mantener", ha explicado el regidor.

Sobre todo, tal y como ha señalado Mateo, porque "ni Compromís ni PSPV, que se han repartido la alcaldía en el municipio, han decidido aplicar rebajas fiscales a los vecinos aunque liquidez tienen sobrada gracias a la política de austeridad y control del gasto corriente que desde el PP aplicamos durante el último mandato de gobierno".

Desde el PP consideran que este tipo de beneficios fiscales "es oportuno darlos a conocer y que las familias puedan acceder a ellos". De hecho, "es una inyección directa a las economías familiares de nuestra localidad, puesto que establece reducciones del impuesto más gravoso, el que conocemos popularmente como contribución". En este sentido, desde el grupo municipal del Partido Popular consideran "oportuno" realizar "publicidad de la medida puesto que se da la circunstancia que, en ocasiones, la falta de información impide a nuestros vecinos acceder a ventajas a las que tendrían derecho".

Los interesados en solicitar por vez primera esta medida fiscal deben formular la solicitud acompañando la misma del título de familia numerosa vigente y el último recibo del IBI cuya bonificación se solicita en posteriores periodos impositivos. La bonificación del 50% del IBI será de aplicación en la cuota del inmueble que constituya el domicilio habitual del solicitante y que a tal efecto figure inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes. Los inmuebles deben ser urbanos, tener un tipo de uso residencial y su valor catastral no debe superar el importe de 50.000 euros en el momento de la solicitud.

Por lo que respecta a las familias que ya solicitaron en ejercicios anteriores la bonificación, deben renovar la concesión de la misma antes del 1 de marzo de cada año aportando una documentación que acredite que las condiciones que permitieron que se aplicara la bonificación siguen estando vigentes.