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domingo, 24 de noviembre de 2024 | Última actualización: 20:36

El Consell da luz verde al Reglamento de los Servicios de Voluntariado de Protección Civil

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Se estructura la canalización de la labor del voluntariado de protección civil a través de las organizaciones en las que desarrollarán su actividad

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El Consell ha aprobado el Reglamento de los Servicios de Voluntariado de Protección Civil de la Comunitat Valenciana, que desarrolla la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.

Mediante este reglamento, se estructura la canalización de la labor del voluntariado de protección civil a través de las organizaciones en las que éstos desarrollarán su actividad. Estas organizaciones podrán ser las agrupaciones locales de voluntarios de protección civil y las asociaciones o entidades colaboradoras.

Se entiende por servicios de voluntariado de protección civil el conjunto de personal voluntario y de recursos materiales integrados en una Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil (ALVPC), o bien en una asociación o entidad colaboradora de la Generalitat, con el fin de canalizar la participación de los ciudadanos, libre y desinteresada en las tareas de protección civil.

En este sentido, se considera personal voluntario de protección civil a las personas físicas que libremente y desinteresadamente se integran en una ALVPC o en una asociación o entidad colaboradora.

La actividad voluntaria desarrollada en el marco de este reglamento es independiente de la obligación que, como ciudadano, pueda corresponder a los voluntarios en los casos de riesgo grave, catástrofe o calamidad pública, de acuerdo con el artículo 30.4 de la Constitución Española.

La actividad de voluntariado no puede, en ningún caso, sustituir el trabajo retribuido, y los voluntarios forman parte de los Servicios Complementarios de Intervención.

Las ALVPC y asociaciones o entidades colaboradoras deben de llevar a cabo sus misiones en el marco del Plan Territorial de Emergencia de la Comunitat Valenciana, planes especiales y procedimientos de actuación, y también el resto de planificación de protección civil de ámbito local que se aplique en función del tipo de emergencia, con sujeción a las órdenes que se reciban del director del plan.

Asimismo, las ALVPC, asociaciones y entidades colaboradoras podrán inscribirse en el Registro de los Servicios de Voluntariado de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.

Igualmente, deben suscribir, antes de la iniciación de las actividades, una póliza de accidentes que cubra la indemnización por los riesgos de defunción en el desarrollo de su cometido como miembro de protección civil, invalidez absoluta y permanente, invalidez parcial por pérdida física o funcional de miembros y asistencia médica y farmacéutica con cobertura ilimitada en centros concertados por el seguro.

Las coberturas mínimas a contratar son, por defunción, de 30.000 euros; y por invalidez, de 60.000 euros por siniestro, sin que exista la limitación por anualidad de seguro. En el caso de asistencia médica y farmacéutica en centros no concertados, el límite de la indemnización es de 6.000 euros.

También debe ser suscrita una póliza de responsabilidad civil para cubrir tanto los daños a terceros ocasionados por las personas que pertenezcan a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil y a las asociaciones o entidades colaboradoras en este materia, como los sufridos por estas mismas personas.

Por ello, ha de indicarse en la póliza que las personas voluntarias tienen la consideración de asegurados sin perder la condición de terceros.

La suma máxima a asegurar por siniestro es de 300.000 euros, sin que exista limitación por anualidad de seguro y se admite una franquicia para daños materiales, con un máximo de 150 euros.

Del mismo modo, la Generalitat debe fomentar la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos con las tareas de protección civil mediante la concesión de ayudas para las ALVPC y asociaciones o entidades colaboradoras.

Agrupaciones locales de Voluntariado de Protección Civil (ALVPC)

Las ALVPC son organizaciones de carácter humanitario y altruista, que actúan de manera desinteresada y solidaria en beneficio de las personas y sus bienes en la Comunitat Valenciana, y que llevan adelante las tareas propias de la protección civil.

Están integradas por al menos cinco personas que tengan la condición de personal voluntario de protección civil y su ámbito de actuación es el territorio que constituya la entidad local.

Las ALVPC, se estructuran orgánicamente y funcionalmente de la manera siguiente:

a) El equipo: integrado por un mínimo de cinco personas, una de las cuales es el jefe del equipo

b) El grupo: integrado por un mínimo de dos equipos, a cargo de un jefe de grupo

c) La sección: integrada por un mínimo de dos grupos, a cargo de un jefe de sección

d) La unidad: integrada por un mínimo de dos secciones, a cargo de un jefe de unidad

Clasificación del personal voluntariado al servicio de las ALVPC

El personal que integra las ALVPC se clasifica en:

a) Personal voluntario en formación

b) Personal voluntario en prácticas

c) Personal voluntario operativo

d) Personal voluntario colaboradora

Para solicitar en ingreso en la ALVPC se debe tener 18 años cumplidos en el momento de su incorporación y , en el caso de tener entre 17 y 18, se considera que son personal voluntario en prácticas.

También se deberá realizar la solicitud de incorporación, en la que figure el compromiso de cumplir este reglamento, así como superar las pruebas psicotécnicas establecidas.

Uno de los requisitos necesarios para obtener la condición de personal voluntario es la realización con aprovechamiento del curso de formación básica impartido por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE), consistente en una formación teoricopráctica.

Creación y regulación del Registro

Se crea y regula el Registro de los Servicios de Voluntariado de Protección Civil de la Comunitat Valenciana, que tiene carácter público y que es una herramienta para la coordinación de la actuación de los colectivos que constituyen los Servicios del Voluntariado de Protección Civil.

El Registro tiene por objeto la inscripción de todos los colectivos que formen parte de los servicios del voluntariado de protección civil. Además, es único y comprende el ámbito de las tres provincias que integran la Comunitat Valenciana.