Los hechos se remontan al 14 de enero de 2014 cuando el Ayuntamiento de Zucaina firmó un contrato de compraventa con el aserradero
La Audiencia de Castellón impone ocho meses de cárcel a cuatro acusados por la falta de seguridad laboral en una explotación forestal de la localidad de Zucaina. Los condenados, que son responsables de dos empresas, deberán indemnizar con 263.000 euros a un empleado que sufrió un accidente mientras talaba árboles con una motosierra. La sentencia declara probado que la víctima no tenía contrato ni había recibido formación para el trabajo
Castellón Información
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a ocho meses de cárcel a cuatro acusados -administradores y encargados de dos empresas- por un delito contra la seguridad y la salud en el trabajo en una explotación forestal de Zucaina. La sentencia les impone también el pago de multas y la obligación de indemnizar conjunta y solidariamente con 263.000 euros a un trabajador que sufrió un accidente laboral mientras talaba árboles con una motosierra el 17 de febrero de 2015.
Ese empleado carecía de contrato y no había sido dado de alta en la Seguridad Social. Tampoco consta que tuviera experiencia en la actividad que iba a desarrollar ni recibió formación sobre prevención de riesgos laborales.
El tribunal ha absuelto en cambio a los cuatro acusados de un delito contra los derechos de los trabajadores, al entender que no ha quedado probado que impusieran condiciones laborales especialmente gravosas, "por más que fueran duras".
Los hechos se remontan al 14 de enero de 2014, cuando el Ayuntamiento de Zucaina firmó un contrato de compraventa con un aserradero para la explotación forestal de una zona de bosque de la localidad. Esa empresa subcontrató posteriormente con otra la tala de los árboles autorizados.
La mercantil subcontratada estaba administrada y dirigida por un matrimonio rumano que se puso en contacto con un compatriota y le envió a Rumanía el dinero necesario para venir a trabajar a España, donde llegó sobre el 25 de enero de 2015.
Según recoge el fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, el empleado empezó a trabajar al día siguiente de su llegada, "sin que hubiera firmado contrato laboral alguno ni estuviera dado de alta como trabajador, ante los organismos competentes, sin que conste que tuviera experiencia alguna ni hubiera recibido formación en materia de prevención de riesgos laborales, simplemente con la ropa y la motosierra que le fue facilitada".
El 17 de febrero de ese mismo año, mientras se hallaba trabajando en un terreno ubicado entre Zucaina y Montanejos, uno de los árboles que talaba cayó sobre sus piernas y la motosierra que estaba usando, a la que no funcionaba el cierre automático de seguridad, le produjo graves lesiones en un brazo.
La Sala responsabiliza de la falta de medidas de seguridad en la explotación forestal tanto a la empresa subcontratada como a la serrería que contrató con el Ayuntamiento. Concretamente a la administradora de esa empresa y a su hermano, pues ninguno de ellos se preocupó "de que los trabajadores tuvieran contrato laboral, estuvieran dados de alta en la Seguridad Social ni de que hubieran recibido la oportuna formación en prevención de riesgos laborales".