Se podrá navegar pero no desembarcar fuera de la Comunitat Valenciana ni entrar o salir del puerto deportivo de la capital de la Plana
El cierre perimetral de la Comunitat Valenciana y el de los fines de semana en las ciudades de más de 50.000 habitantes como son Castelló o Vila-real, también tiene efectos directos en la náutica de recreo. “En el mar como en tierra”. Los navegantes podrán hacerse a la mar pero también allí deberán cumplir las medidas de seguridad establecidas. La zona de recreo náutico de Castelló también se cierra durante los fines de semana.
Esperanza Molina /Castellón Información
Hoy a las 15:00 horas volverá a entrar en vigor la restricción que limita la salida o entrada de las ciudades de más de 50.000 habitantes de la Comunitat Valenciana, en el caso de la provincia de Castellón, la capital de la Plana y Vila-real. Restricciones que se mantendrán hasta las 06:00 horas del próximo lunes.
Paralelamente, la Comunitat Valenciana, en su integridad, sigue cerrada también al exterior (no solo los fines de semana).
Estas limitaciones se entienden generalmente bien en tierra. Ahora bien, ¿cómo afectan al sector náutico de la navegación de recreo.
Varias entidades náuticas han planteado la pregunta a Capitanía Marítimo, Miguel Angel Gómez, y a otros expertos en navegación y derecho náutico, como es en este caso el ex capitán marítimo de Castelló, José Manuel Manaute.
También Castellón Información ha planteado estas preguntas. La respuesta no puede ser más clara, “en el mar como en tierra”.
Normas claras e interpretaciones lógicas
¿Qué significa esto?
Tal como comentaban ambos expertos, el planteamiento está claro, otra cosa pueden ser las diferentes interpretaciones de la norma cuando se aplican a casos concretos.
Por ejemplo, en la náutica de recreo se establecen las mismas limitaciones en el mar, que se han dictado para el resto de las actividades en tierra.
No se prohíbe la navegación. Está demostrado que el mar y la actividad náutica es una de las más seguras en esto de la pandemia de la Covid. Ahora bien, en un barco no podrán embarcar más de dos personas en el caso de los no convivientes, con el objeto de que puedan mantener las debidas distancias de seguridad. Si se trata de un núcleo de personas que ya conviven en un mismo domicilio, la limitación dependerá del número máximo de tripulantes que permita el certificado de navegación del barco.
Los charter con tripulación
Esta misma teoría se aplica en el caso de los charter o las academias náuticas, con la salvedad de que el patrón del barco, o el monitor, no se cuenta en el momento de hacer el recuento de número de personas a bordo. Dicho de otra manera, si dos personas no convivientes alquilan un barco con tripulación, el patrón no contaría, podrán navegar dos personas más el patrón, y deberán guardar a bordo las distancias y medidas de seguridad establecidas.
Barcos Escuela
Si de lo que se trata es de un barco escuela, el monitor se contaría también aparte, pero los alumnos no podrían superar el número de los dos convivientes. Si quienes reciben las clases son personas convivientes porque comparten domicilio en tierra, la limitación también estará determinada por el número máximo que permita el certificado de navegación del buque. En este caso el monitor no se cuenta aparte.
Suspendidas las regatas
Con este razonamiento sobre la mesa, los clubes náuticos de Castellón y Oropesa han determinado suspender las regatas de crucero que estaban programadas, ya que los barcos que participan en las competiciones suelen esta tripulados por más de dos personas, y no siempre son convivientes. En cuanto a las escuelas de vela, también se han suspendido clases y actividades que requieren la presencia de varias personas no convivientes en un mismo barco o espacio en tierra.
En ambos casos, el capitán marítimo de Castellón, Miguel Angel Gómez, ha confirmado a Castellón Información, que las restricciones no han provocado problemas en el litoral de la provincia y que la colaboración de los clubes náuticos ha sido absoluta. Dada la época del año, tampoco se han producido problemas en las actividades de alquiler de embarcaciones.
¿Hasta dónde podemos navegar con las restricciones?
Otras dudas planteadas por las asociaciones náuticas tienen que ver con los límites territoriales dentro del mar.
Los expertos consultados por Castellón Información señalaban a este respecto: España tiene aguas territoriales, pero los municipios no. Además, ¿Quién puede determinar el momento en el que un barco se adentra en aguas de otros municipios? Esto no es como las carreteras en tierra, donde las fronteras quedan establecidas en los términos municipales de cada territorio.
Por esta razón, la lógica que se aplica también tiene su razonamiento. Un barco con base en Castelló, podrá hacerse a la mar y navegar sin límite, en función de la titulación que tenga el patrón del barco, y las características reconocidas a la nave.
Ahora bien, los navegantes de ese barco que ha soltado amarras en Castelló no podrá atracar en otro puerto y mucho menos bajar a tierra. Esa misma norma se aplica en sentido contrario, un navegante de Oropesa o de cualquier otro punto del litoral de la provincia, podrá navegar e incluso acercarse por mar a Castelló, pero no podrá atracar ni pisar el suelo del término municipal de la capital de la Plana.
La misma lógica se aplica al perímetro de la Comunitat Valenciana. Un barco con base en la Comunitat Valenciana no podrá atracar y pisar un territorio situado fuera de la Comunitat, aunque podrá navegar por las aguas de otras zonas. Y de la misma manera, un barco procedente de otro territorio podrá navegar por la Comunitat Valenciana pero no podrá atracar y su tripulación o podrá desembarcar dentro del territorio confinado.
Eso querría decir, que la Guardia Civil tampoco podría multar a estos navegantes por transitar aguas de zonas confinadas, porque no incumplirán la Ley mientras no toquen tierra.
Las paradojas y las contradicciones de la norma
Al igual que ocurre en tierra, en el mar también se producen ciertas paradojas. Un vecino de Castelló o de Vila-real no podrá salir por carretera de su término municipal. Y tampoco los vecinos de otros puntos de la provincia podrán acceder a ambas capitales de Castelló. Sin embargo, los vecinos de los otros municipios si podrán transitar por el resto de la provincia, se trate o no de municipios con alto índice de contagios.
En la navegación marítima de recreo se impone una restricción parecida. Los navegantes de otros puertos de la provincia si podrán navegar por las aguas cercanas a Castelló y atracar en los otros puertos. Solo será ilegal que pisen la capital de la Plana. Dicho de otra manera, aparte de los navegantes de la capital de la plana, el resto si podrá transitar, atracar y moverse por el resto del litoral marítimo.
¿Y qué pasa con Columbretes? (Pregunta con trampa)
Finalmente, Castellón Información planteaba otra pregunta que en esta zona resulta de sumo interés: ¿Y qué pasa con Columbretes?
En este caso, cabe recordar que el archipiélago de Columbretes pertenece al término municipal de Castelló. Eso quiere decir que, teóricamente también está sujeto a las restricciones perimetrales de la ciudad durante los finales de semana. Por lo tanto, en principio, un navegante procedente de otro puerto, como Oropesa, Burriana, Vinarós, tampoco podrían visitar las Columbretes y bajar a tierra.
Ahora bien, la pregunta tiene trampa. El Parque Natural de las Islas Columbretes está cerrado durante los meses de enero y febrero. Según este criterio, el desembarco está prohibido en estas fechas para todos. Además, para poder visitar el archipiélago fuera de estos meses de restricción también hay que solicitar permisos. En el mar como en la tierra, Columbretes está cerrado. Se puede navegar por su entorno, pero desembarcar no.