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lunes, 25 de noviembre de 2024 | Última actualización: 23:18

Demolición del techado de un hotel de la playa de Castelló por construcción ilegal

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Las obras se realizaron sin licencia y ocupan parte del dominio de Costas en la Playa del Pinar

Un establecimiento turístico de la playa del Pinar de Castelló, que alberga un restaurante de comida rápida y un hotel, deberá demoler el techado de madera exterior, porque se realizó sin licencia y además, afecta a la zona de dominio de Costas

Hotel Costa Azahar Castellón

La Junta de Gobierno de Castelló ha ordenado la demolición de las obras realizadas en un establecimiento de la Playa del Pinar de Castelló, situado en la avenida Castalia, 46.

Se trata de una construcción de poca altura que alberga un restaurante de ‘comida rápida’ y un hotel de planta baja y una altura. El lugar donde están situados es privilegiado, delante de la línea de mar.

Hace algún tiempo, previsiblemente con el objetivo de mejorar las condiciones y servicios, los propietarios del establecimiento desmontaban el techado exterior y lo sustituían por una estructura de madera portante, donde ubicaban mesas y sillas.

Pero lo que podía haber sido una modificación ‘sin consecuencias’ se ha convertido en una infracción urbanística que cuenta con expediente abierto y resolución municipal que ordena su demolición.

Según ha podido saber Castellón Información, la parcela en la que se encuentra esta ‘modificación’ está afectada por la servidumbre de Costas y queda bajo su dominio.

Según verificaron los técnicos municipales, los propietarios procedieron a desmontar el techado y sustituirlo por un techado de madera. Posiblemente, la afección sobre el territorio sea menor ahora de lo que era antes, pero para poder hacer esta modificación, los propietarios estaban obligados a comunicarlo y solicitar una licencia de obras. Y esto no se hizo. ¿Por qué? Eso lo debería responder la empresa propietaria, pero lo que si se sabe es que, según la Ley de Costas la edificación residencial de uso permanente está expresamente prohibida. “Por eso, cualquier edificación deberá localizarse fuera de la servidumbre de protección”.

Dicho de otra manera, Lo que ya está construido, queda amparado por la ley, pero cualquier modificación que afecte a esta zona de Costas, queda afectada por la normativa de ilegalidad.

El expediente de infracción urbanística ha seguido su curso en el ayuntamiento. Al principio sin que se presentaran alegaciones. Fue al final, cuando se incoó el expediente de restauración de la legalidad urbanística (demolición), cuando se registró un documento de los propietarios.

En su defensa, señalaban que las obras se han centrado en la demolición de parte de la infraestructura anterior; rechazaban que la edificación se encuentre dentro de la zona de servidumbre de Costas; pero además, alegan el “derecho a reparar y acondicionar sus vivienda”.

Finalmente, los propietarios ponen de relieve su voluntad para legalizar la intervención.

Llegados a este punto, se da la circunstancia de que las obras no son legalizables. Están en zona de servidumbre de Costas. El propietario podría haber conservado la obra anterior, pero sin opción a ‘tocar nada’. Y tampoco se ha aceptado la alegación de reparación y acondicionamiento de la vivienda, porque “porque en realidad se trata de un hotel y de actividades de ocio y de recreo”.

En conclusión, le mejora, por mucho que fuera más sostenible que la obra anterior, no es legalizable y la empresa está obligada a demolerla si no quiere que el Ayuntamiento asuma la gestión pero luego le pase los gastos.