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viernes, 22 de noviembre de 2024 | Última actualización: 22:28

Gobernación tramita 78 sanciones a establecimientos de la provincia de Castellón durante el año 2013

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La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves.

La Conselleria de Gobernación y Justicia ha abierto 751 expedientes sancionadores a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013, tal y como ha informado la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega. Vega ha especificado que, en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Generalitat, del total de sanciones registradas el año pasado en las tres provincias de la Comunitat, 33 son muy graves y 718 han sido catalogadas como graves.

Asimismo, la directora general ha destacado que para la Generalitat "es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta Ley se persigue que todos los establecimientos cumplan con la normativa, porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso".

Las sanciones más abundantes están tipificadas como graves. En concreto, la infracción más numerosa ha sido el incumplimiento del horario de apertura y cierre con 204 infracciones, la celebración de espectáculos públicos sin contar con la correspondiente licencia, con 176 sanciones, 142 por carecer de seguro, 90 por incumplir las medidas de seguridad o sanidad, sin riesgo para las personas o bienes.

Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, Vega ha concretado que en su mayoría se deben a la reapertura de establecimientos afectados por resolución firme en vía administrativa de clausura o suspensión, mientras perdura la vigencia de tales medidas -11-, al incumplimiento de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas -7-, como a negar el acceso al establecimiento a los agentes de la autoridad -6- y al incumplimiento de las medidas de evacuación de las personas en los establecimientos públicos que disminuyen gravemente el grado de seguridad exigible para las personas y bienes -4-.

Sanciones por provincias

Por provincias, en la de Valencia se han abierto 380 infracciones durante todo este año, 359 graves y 21 muy graves. En el caso de la provincia de Alicante corresponden 293 sanciones, de las que 283 son graves y 10 muy graves. En cuanto a la provincia de Castellón, la Conselleria de Gobernación y Justicia ha tramitado sanciones en 78 ocasiones, 2 muy graves y 76 tipificadas como graves.

Cuantía de las sanciones

La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.