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viernes, 22 de noviembre de 2024 | Última actualización: 22:28

Conselleria saca a información las Normas Transitorias Urbanísticas de Castellón

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El Boletín Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado hoy la apertura de la exposición pública, por un plazo de 20 días,  del documento de las Normas Urbanísticas Transitorias de Castellón. El documento respeta en lo esencial el texto elaborado por el Ayuntamiento de Castellón, pero tras pasar por el filtro de la asesoría jurídica que matiza algunos de sus contenidos. La memoria que lo acompaña incide especialmente en que son unas normas transitorias, de efecto limitado hasta el 1 de enero del 2017 si no se aprueba antes un Plan General de Ordenación Urbana, y para evitar el vacío legal que dejó la anulación del PGOU de la Capital de la Plana.

EM/Castellón Información

La Consellería de Infraestructuras ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Generalitat Valenciana, la decisión de sacar a información pública, el documento de las normas Urbanísticas Transitorias de la ciudad de Castellón.Calle  Caballeros Castellón XII12

Básicamente, se trata del mismo documento que el pasado verano aprobó el Ayuntamiento de Castellón, y que fue remitido a la Conselleria de Infraestructuras para que diera el visto bueno. Pero la Conselleria, además de analizar el contenido, lo ha pasado por el filtro de su asesoría jurídica, con el fin de evitar nuevos inconvenientes judiciales, como los que se han producido durante los últimos 10 años, y que dieron lugar a la anulación del Plan General de Castellón por parte del Tribunal Supremo.

La redacción de estas nuevas Normas Urbanísticas, tienen como objetivo, llenar el vacío jurídico existente tras la última sentencia judicial, que anuló el plan General del 2000 en el 2012, pero también, adecuar estas normas a la nueva Ley Urbanística de la Generalitat, la Lotup.

Parque Ribalta Aerea III13Y además, evitar que se cree un nuevo vacío legal si, como ya se presupone, los tribunales tumban también el Régimen Transitorio Urbanístico, que ha regulado el urbanismo de Castellón tras la anulación del Plan, y que todavía se encontraría en vigor.

En este caso, como ya se ha avanzado, la Conselleria se cura en salud. Se analiza paso por paso el documento remitido por el Ayuntamiento de Castellón, y se incide especialmente en que no se trata de un ‘sustitutivo’ del Plan General. Ni un parche sobre el plan del 2000, ni un avance de nuevo Plan.

Se trata de un documento transitorio, que únicamente regula el suelo urbano consolidado, para evitar que se produzca un vacío legal, cuyas consecuencias jurídicas podrían ser graves; y para evitar paralizar el desarrollo de la ciudad, en lo que ya tiene.

Las Normas Urbanísticas Transitorias, tiene, por tanto, un periodo limitado, hasta el 1 de enero del 2017; o en su caso, hasta que se apruebe el nuevo Plan General de Ordenación Urbana, cuyo desarrollo ya está en marcha.Corte Inglés V13 (2)

No entra en el desarrollo de nuevos suelos, y se remite a lo básico: suelo urbano, donde estarían permitidas actuaciones y licencias;  y suelo no urbano, donde se prohíben las actuaciones, y donde ni siquiera se entra en definiciones como el suelo Urbano Protegido.

En lo que respecta a las matizaciones del documento de Conselleria, se refiere a los edificios que podrían haberse construido al amparo del año 2000; a la existencia de viviendas en zonas aisladas y a las situaciones que pudieran ofrecer duda en cuanto a su legalidad. En cada caso, señalan las normas, serán temas para estudiar de forma separada y atendiendo a las normativas y artículos de la nueva Ley LOTUP.

Y para evitar nuevos despropósitos judiciales, la Conselleria justifica cada uno de los temas que pudieran dar lugar a dudas judiciales. Algunas evidentes, como: la necesidad de exposición al público, pero por un periodo de 20 días, dado que se trata de un documento de carácter puntual y autonómico, que adquiere validez al publicarse en el DOG; justifica la necesidad de la redacción de las nuevas normas; acota las competencias municipales; cualquier alusión que relacione las actuales normas con el Plan General del 2000, que al estar anulado jurídicamente no existe; La denominación de zonas o programas, que justifica por el hecho de facilitar su identificación; e incluso la no necesidad de redactar un Informe de impacto de género: “La norma urbanística transitoria de urgencia para el municipio de Castellón de la Plana preparada contiene reglas aplicables a los actos de uso y edificación del suelo. El lenguaje que utiliza es el apropiado para disciplinar este tipo de actos y uso, cuestión esta sin impacto alguno por razón de género. Por ello, es posible afirmar sin mayores dificultades, que no existe impacto alguno desfavorable en esta norma por razón del género”.

El documento de Consellería reitera que la anulación del Plan general no afecta a los planes especiales de la Marjalería, UJI, o el Puerto.

Las Normas Urbanísticas Transitorias no afectan al Tram

El conejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Castellón, Miguel Angel Mulet ha manifestado su satisfacción con relación al contenido y al texto de las Normas Urbanísticas, porque se trata de un documento consolidado y consensuado

En lo que respecta al Tram, Mulet ha manifestado que las normas Urbanísticas no afectan para nada al Plan Especial del Parque Ribalta.

La decisión de Conselleria no retrasará la entrada del Tram, pero si su frecuencia

La Conselleria ya ha manifestado que, en tanto no se modifique la protección del Parque, el Tram no pasará por el Andén Central. Esto, indicó Mulet, no significa que tenga que haber retrasos en cuanto a su entrada en servicio, pero si en lo que respecta a su frecuencia. No es lo mismo que circule en línea recta que dando una vuelta por medio Castellón. La Conselleria deberá decir por donde…Pero eso lo sufrirán los ciudadanos.

El Ayuntamiento, comentó Mulet, seguirá adelante con la modificación del documento para permitir que pueda pasar por el parque… y lo hará lo más rápido posible, a poder ser, antes de final de año, pero esto no introducirá retrasos en la puesta en marcha.