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La Policía Local de Castellón ha puesto a disposición judicial a 112 conductores durante el primer trimestre de este año por cometer presuntamente un delito contra la Seguridad Vial en la ciudad de Castellón. Durante los meses de enero, febrero y marzo, los agentes de la Unidad de Atestados e Investigación de Accidentes han imputado a 72 conductores un presunto delito contra la Seguridad Vial por conducir presuntamente bajo los efectos de las bebidas alcohólicas establecido en el artículo 379 del Código Penal. La gran mayoría de estos conductores, cuando fueron sometidos a la prueba de alcoholemia, triplicaban la tasa permitida. Hay que recordar que la tasa permitida para un conductor de turismo con más de dos años de antigüedad es de 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire expirado.
Por otro lado, la Policía Local de Castellón ha imputado a seis conductores un presunto delito contra la Seguridad Vial por conducir bajo la influencia de sustancias tóxicas o estupefacientes. Cabe recordar que en el caso de las drogas, la mera presencia de estas sustancias en el organismo a la hora de conducir ya constituye una infracción administrativa. En el caso de los seis conductores anteriormente citados, los agentes detectaron que éstos se encontraban bajo los efectos de sustancias estupefacientes por lo que instruyeron diligencias al juzgado por un presunto delito contra la Seguridad Vial reflejado en el artículo 379 del Código Penal.
En cuanto al delito de conducir careciendo de permiso o licencia, la Policía Local de Castellón durante el primer trimestre de este año ha imputado a 29 conductores este ilícito penal. Entre todos los casos destacan los conductores que conducían mientras tenían en vigor una orden judicial de suspensión definitiva o temporal del permiso, los conductores que habían perdido todos los puntos de su carné y por último los casos en los que nunca habían obtenido ningún permiso para conducir.
Por último, la Policía Local de Castellón ha imputado a cinco conductores un presunto delito de conducir de forma temeraria poniendo en riesgo la vida e integridad de los demás contemplado en el artículo 380 del Código Penal. En estos casos, los agentes describieron la conducción de estos conductores para demostrar que por dicha conducta temeraria pusieron en riesgo la vida o integridad de los demás usuarios de la vía.