La Patronal pide responsabilidad a los trabajadores y pone sobre la mesa la posibilidad de negociar puerto a puerto
La Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (Anesco) ha denunciado la practica de bajas de rendimiento intencionado fuera de las jornadas y horarios de huelga de los estibadores, como forma de presión ilegal, para forzar a la patronal. La asociación pide responsabilidad al colectivo y hace una llamada para que se reanuden las negociaciones. Insistenen que la Patronal se ha comprometido a respetar las condiciones actuales de los trabajadores, pero el colectivo no puede marcar las condiciones de las futuras contrataciones, porque eso sería ilegal e iría en contra de la sentencia europea
Castellón Información
La Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (Anesco), ha remitido un comunicado en el que apela a la responsabilidad de las organizaciones sindicales para que retomen el diálogo, desconvoquen las huelgas anunciadas, cesen las acciones de huelgas ilegales selectivas encubiertas y garanticen la estabilidad del sector durante las negociaciones.
Intencionadas bajas de rendimiento
Al margen de los periodos de huelga oficialmente convocados, se continúan produciendo intencionadas bajadas de rendimientos a diferentes compañías, para presionar ilegalmente a la representación empresarial. Anesco exige el cese inmediato de estas acciones coactivas y la intervención de las Administraciones Públicas (Ministerio de Fomento, Inspección de trabajo y Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia) para que velen por el cumplimiento de la legalidad vigente.
Posición de la Patronal
Anesco recuerda que, tanto en las diferentes reuniones celebradas con las organizaciones sindicales como en los comunicados públicos de las últimas semanas, ha manifestado las siguientes cuestiones sin modificar en ningún momento su posición:
- La asociación empresarial ofrece la garantía en el empleo y el mantenimiento de sus condiciones a los trabajadores actuales de las Sagep. No debe ser, por tanto, la petición de subrogación convencional el motivo de las convocatorias de huelga, ni de las diferentes medidas de presión, puesto que es aceptada por la representación de las empresas.
- No existe acuerdo en relación a la subrogación de los futuros trabajadores que se incorporen el día de mañana a la profesión de estibador portuario. El compromiso de garantía en el empleo y el mantenimiento de las condiciones actuales no puede alcanzar a trabajadores que todavía no lo son. Así ha sido manifestado en todas las reuniones e igualmente se recoge en la propuesta de mediación, en el anexo del aprobado y convalidado Real Decreto Ley 8/2017 y en el borrador de Real Decreto que desarrollará reglamentariamente dicha Ley.
- La propuesta sindical presentada la pasada semana en la reunión de la comisión negociadora en relación al compromiso de obligar a permanecer en las actuales Sagep a las empresas asociadas de Anesco e incrementar la obligatoriedad legalmente establecida de contratar al 75% de los trabajadores actuales, podría vulnerar, tras estudio de la asesoría legal, el derecho a la competencia, ya que podría restringir la libertad de empresa, podría ser considerado como un pacto entre competidores e incluso incumplir la aplicación efectiva de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por este motivo, no es viable que Anesco suscriba las pretensiones sindicales ya que podría acarrear inasumibles responsabilidades personales y empresariales. Las posibles sanciones por adoptar este tipo de acuerdo pueden ascender al 10% de la facturación de cada una de las compañías, junto a multas individuales a cada persona física interviniente de hasta 60.000 euros.
- Anesco ha propuesto abrir simultáneamente la negociación puerto a puerto para definir las mejoras operativas que se deben implementar, según lo pactado, para mantener la competitividad de los puertos españoles en el mercado marítimo internacional. Esta cuestión ha sido rechazada por las organizaciones sindicales, por lo que no es sencillo avanzar en el diálogo. Debe corresponder a la empresa titular de la licencia de servicio portuario de manipulación de mercancías, en su condición de empleadora, la dirección, organización y control de la actividad laboral de los trabajadores portuarios. Así está legislado en el Estatuto de los Trabajadores, en el convenio colectivo estatal y, de hecho, ocurre en el resto de los sectores económicos. Sin embargo, la práctica habitual en los puertos españoles no permite que las empresas puedan decidir libremente la composición de los equipos de trabajo necesarios para cada actividad, por lo que existen insostenibles situaciones de sobredimensionamiento y de falta de competitividad.
Finalmente, Anesco solicita la ayuda del Gobierno para solucionar el conflicto generado con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2017 que da cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.