La relación duró un par de semanas y cuando la víctima comprobó que era un persona controladora, decidió acabar con él y la persiguió durante meses
Castellón Información
La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a prisión por acosar y amenazar a su ex pareja en redes sociales y llamarla hasta 64 veces en un día. Al parecer el acusado mantuvo una corta relación sentimental, de entre dos y tres semanas de duración con la mujer, en 2017.
Una vez ella le comunicó su decisión de dejar la relación, al comprobar que era una persona controladora y obsesiva, comenzó a llamarla continuamente, para pedirle explicaciones, realizando el acusado una media de entre seis y diez llamadas telefónicas diarias, llegando algunos días hasta las sesenta y cuatro, pidiéndole, en las ocasiones en las que ella descolgaba el teléfono, que volviera con él, que la quería.
El acusado también le envió numerosos mensajes de texto, desde enero de 2017 hasta el 29 de junio del mismo año, primero, por, Facebook y después por whatsapp y, posteriormente, al bloquearle en dicha aplicación, mensajes de SMS, algunos de ellos con la finalidad de amedrentarla e infundirle temor como este "Que la muerte se acerque a ti y te lleve, no sirves para nada, solo problemas y aprovecharte”.
El acoso también tuvo lugar en la vía pública, ya que circulando la víctima por la localidad de Cabanes, el acusado se acercó a su vehículo, poniéndose en paralelo, tocando la ventanilla de su coche, intentando abrir la puerta, pidiéndole que le abriera, que sólo quería habla con ella. También en su vivienda, llegando a forcejear con ella e intentar besarla y llegando a romperle una uña. También ha acosado telefónicamente a las hermanas de la víctima.
Desde enero de 2017 hasta la actualidad, cuando la ha visto en compañía del otro chico por la calle, la ha seguido. La sentencia asegura que con esta conducta del acusado ha alterado gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de su ex pareja. Con fecha 27 de julio de 2017 el Juzgado de Violencia sobre la Mujer N° 1 de Castellón dictó auto que prohibía al acusado acercarse a ella , a su domicilio, lugar de trabajo o estudio o cualquier lugar frecuentado por ella a menos de 200 metros así como comunicarse con ella por cualquiera medio conocido durante la tramitación de la causa salvo que antes sean dejadas sin efecto o modificadas por otra medida cautelas de carácter penal durante la tramitación del procedimiento.
El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: " Que debo condenar y condeno al autor penalmente como responsable de un delito de amenazas, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 8 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena así como privación del derecho a la tenencia y porte de armas por dos años. El acusado presentó un recurso de apelación que fue desestimado y la sentencia definitiva de 2019 le condena como penalmente responsable en concepto de autor de un delito de amenazas, otro de acoso y de maltrato