Modificación a la baja de los tramos y los coeficientes y aumenta la bonificación de un 25% a un 50% para familiares directos
El ayuntamiento modifica a la baja los porcentajes y tramos a pagar por el impuesto de plusvalías en caso de compraventa y de herencias. Además, la Junta de Gobierno ha aprobado duplicar la bonificación del 25 al 50% sobre esta cuota íntegra para los herederos directos en caso de fallecimiento del titular.
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Castelló ha aprobado la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocida coloquialmente por la Plusvalía.
La Plusvalía es el impuesto que se aplica en una transmisión de la propiedad, bien por venta o por herencia. Y se calcula en base al valor de ese bien, la última vez que se actualizó en el registro, y el que tiene en el momento en que se produce esa transmisión. Lo aplican los ayuntamientos y supone una de las fuentes de ingresos de las instituciones locales.
Modificación a la baja de tramos y porcentaje del impuesto
En este caso, el Ayuntamiento de la capital de la Plana ha introducido dos modificaciones interesantes. La primera de ellas se sitúa sobre los periodos establecidos para aplicar el porcentaje del impuesto y afecta a todo tipo de transmisiones (compraventa y herencias, sea cual sea el grado de proximidad del beneficiario.
Hasta ahora se establecían cuatro tramos con los siguientes porcentajes:
De uno a cinco años, el porcentaje del impuesto era del 21% sobre el incremento del valor del inmueble.
Entre los seis y 10 años, el porcentaje del impuesto era del 24% sobre el incremento del valor del inmueble.
De seis a once años, el porcentaje del impuesto era del 27% sobre el incremento del valor del inmueble.
Y de once a 20 años el porcentaje del impuesto era del 30% sobre el incremento del valor del inmueble.
Modificación propuesta
La modificación introducida ahora reduce los cuatro tramos a dos, y también los porcentajes del impuesto sobre el incremento del valor del inmueble.
El resultado será:
De 1 a 10 años, el porcentaje del impuesto será del 21% sobre el incremento del valor del inmueble (el segundo tramo anterior se abarata y asimila al primero).
De 10 a 20 años, el porcentaje del impuesto será del 27% sobre el incremento del valor del inmueble, y no del 30% que se aplicaba en el cuarto tramo.
Se duplica la bonificación del 25% al 50%
Pero, además, también se duplica la bonificación del impuesto del 25% al 50% de la cuota íntegra de esa plusvalía que deberían pagar los herederos directos del propietario de esa propiedad en caso de fallecimiento.
Esta bonificación solo es aplicable en el caso de los descendientes y adoptados, los cónyuges, y los ascendientes adoptantes.
Por otra parte, la bonificación solo será aplicable en uno de los inmuebles de la herencia, y no en todo el patrimonio si es que hubiera más propiedades. Se beneficiará la propiedad de menos valor, pero para ello no se tendrán en cuenta trasteros ni garajes.
Sales: "Un alivio en la economía de los castellonenses"
El portavoz del equipo de gobierno, Vicent Sales ha explicado en rueda de prensa que la modificación de la ordenanza para este gravamen supondrá un alivio en la economía de los castellonenses.
Y ha declarado: “Compartimos la voluntad que ha tenido el president de la Generalitat, Carlos Mazón, de anunciar la supresión del Impuesto de Sucesiones y de ampliar las bonificaciones al máximo, por lo que este gobierno también va a plasmar estas rebajas fiscales en la ordenanza municipal para ayudar a los castellonenses”.
Esta ordenanza fiscal así como otras propuestas como la eliminación de la tasa de ocupación de vía pública para el 2024, que beneficiará a alrededor de 750 establecimientos de hostelería con terraza, deberán ser aprobadas por el pleno del ayuntamiento para su entrada en vigor el próximo año, como parte del presupuesto municipal para 2024.