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El Ayuntamiento de Castellón abre el plazo de consulta ciudadana para la elaboración de una nueva ordenanza municipal que regule la instalación de elementos de publicidad visibles desde la vía pública. La memoria, sometida a consulta para recabar las aportaciones ciudadanas y de colectivos, recoge la voluntad de conseguir una mayor agilidad y capacidad de adaptación a las necesidades reales del sector y establece límites de emplazamiento. Así, se protege como norma general el suelo no urbanizable y los valores históricos, artísticos de paisaje por lo que se impide la instalación de carteles y monopostes en el casco histórico.
El concejal de Ordenación del Territorio, Rafa Simó, ha destacado la voluntad del Gobierno Municipal de dotar a la ciudad de una "norma actualizada, que se ajuste a la realidad del sector, que ordene de forma eficiente y con criterios técnicos la instalación de vallas publicitarias y otros soportes y que defina los emplazamientos permitidos y los exentos".
La nueva ordenanza sustituirá a la actual, aprobada en 2001, ya que tal como señala la memoria ahora en proceso de consulta "recoge un diseño de instalación que puesto en práctica no ha dado sus frutos, tal como puede comprobarse al observar la realidad existente". Además, el paso del tiempo también ha provocado la aparición de nuevos soportes publicitarios que ahora pasarán a estar regulados.
Así, se propone la regulación de carteles publicitarios, monopostes, lonas, pintura en medianeras e incorpora los paneles luminosos. En este último apartado, el borrador establece que se permite su ubicación en huecos, ventanas, escaparates; deben situarse en planta baja o entreplanta; no pueden producir molestias ni deslumbramientos; se prohíben en inmuebles catalogados y excepcionalmente se permiten fuera de de los huecos si se demuestra la correcta integración en la fachada.
En cuanto a las medianeras, la superficie máxima del anuncio será del 50% de la medianera excepto en el casco histórico, donde se permite hasta un 25%. En cuanto a las lonas, se permiten la ocupación total de la fachada cuncado reproduzca la fachada del edificio o la de un edificio emblemático. Para los monopostes se prevé una altura máxima de 15 metros y se limita a una instalación por parcela en caso de situarse en suelo no urbanizable.
La propuesta de partida respecto a los carteles publicitarios permite dos carteles superpuestos verticalmente con separación a lindes de 5 metros, siempre que no se produzcan impactos paisajísticos y se autorizan básicamente cuatro carteles por parcela con una separación máxima de 2 metros y en suelo no urbanizable se prohíben agrupaciones visuales, con la instalación de horizontal de más de tres vallas, respetando una distancia mínima de 100 metros lineales.
A partir de ahora se abre el proceso por el que la ciudadanía, colectivos u organizaciones podrán aportar sus opiniones, sugerencias y observaciones sobre los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. La memoria se puede consultar en la web municipal (www.castello.es).
Evaluación de edificios
También se ha abierto el mismo procedimiento de consulta ciudadana para la elaboración de la ordenanza municipal reguladora del informe de evaluación de edificios, con la que garantizar el deber de conservación que las normas urbanísticas han venido atribuyendo a los propietarios. Además, se pretende conseguir el control efectivo del parque de viviendas con antigüedad igual o superior a 50 años, no solo a nivel de conservación sino también de su adecuación a la normativa de accesibilidad y eficiencia energética.