Noticias Castellón
viernes, 22 de noviembre de 2024 | Última actualización: 22:28

Elección ¿directa? de alcalde

Tiempo de Lectura: 3 minutos, 38 segundos

Noticias Relacionadas

Santiago Beltrán. Abogado.

Uno de los temas estrellas del nuevo curso político que pronto comienza, será, sin duda, el nuevo plan del Gobierno sobre la posible elección directa de alcalde. De momento habrá que esperar la propuesta gubernativa y los términos de la misma, pero llama bastante la atención que sin tener un conocimiento cierto de la reforma, ya se hayan pronunciado la práctica totalidad de partidos políticos, coincidentemente, en contra de la misma. Hay quienes, como el PSOE, que se oponen simplemente a discutirla, cuando fueron ellos a finales de 1998 presentaron una proposición de ley orgánica que tenía como objeto la modificación del sistema de elección en cuestión. Hay otros, como UPyD, que discuten la compatibilidad democrática de la modificación electoral sin que exista un previo consenso con el resto de grupos políticos y que se plantee el cambio a menos de un año de la celebración de los comicios municipales.

Lo que la ciudadanía puede preguntarse en estos momentos es si la modificación es necesaria, porque la sociedad la está reclamando, si la misma es mas o menos democrática en comparación al sistema actual de elección indirecta del alcalde a través de los concejales, si se refuerzan con ello los poderes del máximo responsable municipal o si ello ha de suponer una merma en las garantías de control sobre el mismo.

Todo ello, por supuesto, dependerá del modelo que desde el gobierno se proponga y del que definitivamente se adopte, llegado el caso.

Si como se dice en los ‘mentideros periodísticos’, la propuesta no es tanto que la elección sea directa por parte de los ciudadanos, ya que seguirían habiendo listas cerradas encabezadas por el posible alcalde, sino que sea elegido como tal el que figure como cabeza de la lista mas votada, siempre que alcance un porcentaje de escrutinios superior al cuarenta por ciento de los emitidos válidamente, no podremos hablar realmente de una reforma de calado, sino de un simple maquillaje de la actual legislación, con el único objetivo de negar posibilidad de pacto al resto de formaciones minoritarias, evitando componendas, al estilo de tripartitos, cuatripartitos, etc. Si además el plan del ejecutivo conlleva la eliminación de la actual moción de censura contra el alcalde, evidentemente podremos estar más cerca de la ‘cacicada’ que de una medida que permita una mayor democratización de los ayuntamientos a través de la participación más activa y responsable de la ciudadanía.

La Constitución española permite todas las posibilidades, desde que los alcaldes sean elegidos directamente por los ciudadanos, como de forma indirecta por los concejales, pero también el que puede llegar a ser el plan del gobierno, una fórmula mixta que al final no deje contento a nadie, o al menos a quienes no vayan a obtener rédito electoral de la misma, que, como siempre, serán los partidos minoritarios o independientes. Sin embargo, que lo permita la carta magna no es un plus de nada, como sabemos por muchos otros ejemplos.

Lo que llegados a este punto nos deberíamos plantear es si, dado que los ayuntamientos son fundamentales centros de gestión administrativa y económica, con menos dependencia ideológica que otras instituciones, no sería el momento y convendría modificar la legislación electoral para permitir que pudieran ser escogidos como máximos responsables municipales aquellas personas que a nivel local, cuenten con reconocido prestigio y solvencia profesional, permitiendo que pudieran presentarse en solitario mediante listas individuales, al margen (o no) de cualquier partido, solo para este cargo. O si no ha llegado ya el momento de hacer las cosas racionalmente e introducir la figura del City Manager norteamericano, que consiste en que los ciudadanos eligen al consejo municipal, que, a su vez, contrata a un gerente profesional que dirige la totalidad de los servicios municipales e incluso nombra a los responsables de tales servicios, reservándose el consejo las competencias de carácter normativo y de programación.

Puestos a reformar que se cambie para mejorar y no para mantener el sistema establecido, siempre a espaldas de la ciudadanía y en beneficio de los mismos.