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domingo, 24 de noviembre de 2024 | Última actualización: 18:10

Condenado un hombre en Castellón a ocho años de prisión por abusar de dos menores hermanas de forma continuada

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El acusado aprovecho la situación de amistad y confianza con la madre de las niñas a las que sometió a tocamientos entre 2015 y 2016

Castellón Información/S.N.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha visto en juicio oral y público una causa seguida por un delito de agresión sexual contra un hombre de 55 años nacido y vecino de Castellón, por dos delitos continuados de abusos sexuales a dos niñas hermanas entre 2015 y 2016, cuando tenían 9 y 10 años, y al que ha condenado a ocho años de cárcel. Numerosos medios de comunicación han señalado que se trata del ex alcalde popular de l'Alcora, Francisco Javier Tomás.

Al parecer, el acusado , carente de antecedentes, mantenía una relación de amistad y confianza con la madre de las niñas, por lo que acudía a su domicilio de forma habitual y comenzó a entablar relación con el resto de la familia y los tres hijos menores, dos niñas y un niño. Dentro de esta situación se dieron los abusos contra ellas. En una ocasión, en 2016, con al excusa de comprarles unos dulces, el acusado se llevó a una de las niñas de nueve años de edad, y su hermano pequeño, a su despacho situado en Castellón, donde tras decir al niño que se quedase pintando, desnudó a la menor y le realizó tocamientos. Situaciones de este tipo se produjeron en ocasiones anteriores en el domicilio familiar y también con la otra hermana como víctima, de diez años, y a la cual le dijo que no contase nada.

El acusado desmintió los hechos en el juicio y dijo ser rigurosamente falso que hubiese abusado de las niñas. Refirió mantener una relación de amistad con el abuelo, al que conoció de realizarle trámites en su despacho, y cuando vino su hija, es decir, la madre de las niñas,  se la presentó y refirió que la ayudó económicamente y llevando a cabo trámites, “pues no tenía para comer”. Aseguró  ue también le ayudó a ocupar una vivienda,  aunque afirmó que la convivencia fue distorsionante en la finca, afirmando que ejercía la prostitución, daban fiestas y se bañaba desnuda.  Reconoció haber ido a la vivienda por cuestiones técnicas inmobiliarias y porque la madre le llamó pidiéndole dinero. En una ocasión, tras tomar café y darle 150 euros, bajó con la niña y el hijo menor al supermercado a comprar unas golosinas y la niña le dijo de ir a la feria, les dio una vuelta por el centro, fueron a su despacho, que dijo ser diáfano, a recoger  a correspondencia, dio al niño un papel para pintar, miró el móvil, y ventiló. Después se encontraron con el abuelo de los niños en el supermercado, y luego los llevó al domicilio de esta señora, que bajó a por ellos pues no  había sitio para aparcar. Negó haber dicho a las niñas que no contasen a nadie los tocamientos, y refirió haber prestado dinero a más gente, y participar en una ONG.

En el juicio también declaró una trabajadora social de Cruz Roja que atendió durante varios años a toda la familia por ayudas sociales de carácter básico urgente, y fue ella la que interpuso la denuncia que dio inicio al proceso. Refirió que había citado a la madre y, en su lugar, llegó ésta última  rota, llorando y gritando: ‘los niños, los niños’. ‘Lo mato, habíamos confiado en él’. Le contó que sus dos hijas habían sufrido abusos sexuales por parte de un amigo. Que contactaron con la unidad de pederastia, fueron al médico con las niñas y a Comisaría a ponerlo en conocimiento. Las niñas le contaron a la madre que no era la primera vez.

Los informes psicológicos y ginecológicos de las menores relatan la metodología seguida, y concluyen que las declaraciones son creíbles.. Las menores y las familias no declararon en el juicio porque volvieron a su país de origen.

De esta manera, se ha condenado al acusado como autor responsable de dos delitos continuados de abuso sexual a la pena de 4 años de prisión por cada uno de los delitos, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio relacionado con menores por el tiempo de 4 años, la medida de libertad vigilada por tiempo de 5 años, que se ejecutará con posterioridad a las penas privativas de libertad, y la prohibición de aproximarse a las víctimas a una distancia de 500 metros de cualquier lugar en que se encuentren y comunicarse con las mismas por un periodo de 5 años superior a las condenas impuestas.

El acusado deberá indemnizar a las niñas con la cantidad 8.000 euros, para cada una de ellas, más intereses, además de asumis los costes del juicio, incluidas las de la acusación particular.