El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas a cargo del 0,7 por ciento del IRPF
Castellón Información
El pleno del Consell ha aprobado un decreto ley por el cual se modifica la ley de Presupuestos de la Generalitat para 2017, con el objetivo de gestionar los 13,5 millones del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (IRPF) para fines sociales que el Estado ha asignado a la Comunitat Valenciana para el desarrollo de programas de interés general por parte de entidades del tercer sector.
El pasado mes de enero, una sentencia de Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas derivado del programa de asignación tributaria del 0,7 por ciento del IRPF, lo que obligó al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en colaboración con el tercer sector y con el acuerdo de las autonomías, a poner en marcha un nuevo sistema de asignación.
El nuevo modelo, en cumplimiento de la sentencia del Constitucional, contempla la modificación del actual sistema de reparto de fondos que se ajuste al orden de distribución de competencias entre Estado y comunidades autónomas, y que, tal y como se acordó en el Consejo Territorial de Servicios Sociales es del 80 por ciento para el comunidades y del 20 por ciento para el Estado en 2017.
De esta manera, para el presente ejercicio a la Comunitat Valenciana le corresponden 13,5 millones de euros, que irán destinados a financiar programas de interés general para atender fines de interés social desarrollados por entidades del tercer sector, con las que se ha acordado mantener el mismo régimen de gestión de fondos que hacia el Estado, con el objetivo de que sus acciones, dirigidas a la población más vulnerable, no se vean afectadas.
Así, el decreto ley permite avanzar el cien por cien de las ayudas, ya que lo contrario causaría un gran perjuicio a la ejecución de los referidos programas, que no recibirían la financiación que necesitan, por lo que resulta necesario el mantenimiento del régimen de pago de subvenciones que hasta ahora se ha venido aplicando.
Estas subvenciones tienen por objeto la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación del IRPF. En concreto, estas ayudas van destinadas a cubrir las necesidades especificas de asistencia social dirigidas a las personas en situación de pobreza y exclusión social o en situación de especial vulnerabilidad.
Las entidades beneficiarias de estas ayudas son las entidades del tercer sector de Acción Social que están realizando las actuaciones con estas poblaciones vulnerables, con una continuidad, ya que estas ayudas se publican por el Ministerio anualmente desde hace muchos años; por tanto, no es justo que puedan verse perjudicadas si no se llega a resolver y pagar esta convocatoria de 2017 por un conflicto de competencias entre la Administración del Estado y las CCAA y la tardanza en establecer una solución tras esta sentencia del Tribunal Constitucional por parte del Ministerio.