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jueves, 21 de noviembre de 2024 | Última actualización: 22:28

Cruz del Ribalta: El Tribunal consultará a las partes y determinará si adopta medidas cautelares

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Las ‘cautelarísimas’ solicitadas por Abogados Cristianos se desestiman porque la retirada no es inminente

El Tribunal ha desestimado la adopción de medidas ‘cautelarísimas’ solicitadas por Abogados Cristianos para proteger la Cruz del Ribalta, porque su retirada no es inminente. Sin embargo, durante los próximos días consultará a las partes para determinar si proceden ‘medidas cautelares’ para evitar que se toque el monumento antes de pronunciarse sobre el fondo del asunto.

EM/ Castellón Información

Aunque el Ayuntamiento de Castelló ha decretado la retirada de la Cruz del Ribalta de Castelló, por considerarla un monumento franquista, esta actuación no es inmediata.

 width=El decreto de la concejal de Cultura y Memoria Democrática se hacía público hace unos días, tras resolver las alegaciones presentadas. El documento cobraba ‘oficialidad’ tras su publicación ayer en el Boletín Oficial de la Provincia.

A partir de ahora, la intervención pasa al departamento de Urbanismo para que se licite el procedimiento que deberá desarrollarse para trasladar la Cruz, y posteriormente, para reponer esa zona del parque Ribalta como estaba antes de la construcción de aquel monumento.

Tras la publicación en el BOP del decreto de retirada, Abogados Cristianos presentaba un recurso, pero además, solicitaba medidas cautelarísimas para que se proteja esta cruz latina en tanto se decide sobre el fondo del asunto: si es un monumento franquista, como afirma el ayuntamiento y Conselleria; o si debe ser respetado como un símbolo religioso, como defiende otro sector de la población.

Las llamadas ‘medidas cautelarísimas’, explicaban desde el TSJ, son excepcionales y se adoptan en un plazo máximo de 2 días solo cuando existe un peligro inminente de que el objeto sobre el que se presenta el recurso corra peligro de desaparecer de un día para otro.

En esta actuación de urgencia se tienen en cuenta la defensa de los derechos que podrían quedar afectados, y por su naturaleza no da tiempo a consultar a las partes que puedan intervenir en el proceso judicial.

No es este el caso, estima el tribunal. El decreto de retirada deja muy claro que no se atentará contra la cruz en un plazo tan estrecho de tiempo, porque primero deben seguirse una serie de procedimientos que retrasaran, al menos por unos meses, la actuación.

Es por esta razón, que el Tribunal ha rechazado las ‘medidas cautelarísimas’ pero no la posibilidad de adoptar ‘medidas cautelares’.

Las ‘cautelares’, serán estudiadas ahora por la justicia que dispone de un plazo más largo para resolver, y también para escuchar los argumentos de todas las partes afectadas.

Esta no es la primera vez que Abogados Cristianos presenta un recurso contra la retirada de la Cruz y que solicita medidas cautelares.

En la ocasión anterior, Abogados Cristianos recurrió el presupuesto del Ayuntamiento de Castelló de 2019, al considerar que se incluían partidas para el derribo de la cruz antes de que se resolviera el procedimiento iniciado por la entidad municipal, y el estudio sobre la cruz en los tribunales. Aquel recurso y sus cautelares llegaron hasta el TSJ, que finalmente, fallaron a favor del ayuntamiento.

En esta ocasión, completado el expediente que se reinició durante esta legislatura, y emitido el decreto de retirada, la naturaleza de la cruz y su significado vuelve a ser recurrido. La justicia dispondrá de su tiempo para analizar el fondo del asunto, pero mientras, podrá o no, imponer que no se toque la Cruz del Ribalta hasta que se emita sentencia firme.