El Tribunal Superior de Justicia ha rechazado el recurso de súplica presentado por un trabajador de una empresa cerámica de Vall d´Alba, que fue despedido por ausencia injustificada de su puesto de trabajo durante 5 días en el 2012. Según los datos recogidos en la sentencia, el trabajador, actuó durante varios años como asesor taurino del Ayuntamiento de San Juan de Moró, y ese año, decidió irse a las fiestas del pueblo sin tener concedidas las vacaciones para esos días.
Castellón Información
El Tribunal Superior de Justicia ha rechazado el recurso de súplica interpuesto por un trabajador, en contra de su despido, sucedido en el 2012.
El hecho es peculiar por las circunstancias que se producen, y que el tribunal considera probadas.
El Trabajador, que responde a las iniciales JFMP, trabajaba en una empresa de productos cerámicos, radicada en el polígono Industrial de la Vall D´alba, desde el 2006. Según confirman las mismas fuentes, el trabajador había sido contratado durante algunos años por el Ayuntamiento de Sant Joan de Moró como asesor taurino, durante las fiestas de la localidad. Esto sucedió antes del 2010, porque durante los años 2010 y 2011 no consta su contrato como asesor, ya que, por otra parte, JFMP se encontraba en situación de incapacidad temporal.
Se da la circunstancia de que en el 2012, la empresa B de VAll d´Alba, anunció a sus empleados mediante cartel en el tablón correspondiente, que para solicitar sus vacaciones debían hacerlo por escrito, y con un mes de antelación.
Durante las fechas del 24 al 28 de junio, que según parece coincidían con la celebración de las fiestas de Sant Joan de Moró, por escrito y con tiempo, dos trabajadores habían solicitado ya su periodo vacaciones.. Por orden de presentación, a la primera se le reconocieron, y se le denegaron al segundo en pedirlas..
El trabajador despedido, indica el Tribunal, no solo no cumplió los requisitos de la empresa, sino que comunicó su intención de ausentarse a las fiestas de Sant Joan de Moró de forma verbal y al hermano del encargado.
Sin que se le hubiera concedido permiso alguno, JFMP se ausentó cinco días de su puesto de trabajo, entre el 24 y el 28 de junio, según reconoció para poder estar en als fiestas de Sant Joan de Moró.
La empresa considera que esa ausencia se realizó sin tener concedidas las vacaciones, sin permiso y sin haberlo comunicado con anterioridad, por lo que cuando el trabajador regresó a la empresa se encontró con una carta de despido, por escrito, y con todos los datos que lo justificaban.
El trabajador recurrió en su momento al Tribunal de lo Social… pero ni el Juzgado de lo Social de Castellón, ni el TSJ de Valencia, han valorado suficientemente la importancia de las fiestas de Sant Joan de Moró, como para justificar esa ausencia al trabajo, y han rechazado tanto la denuncia original, como el recurso de suplicación.
El trabajador todavía tiene opción de presentar un recurso de casación.