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domingo, 24 de noviembre de 2024 | Última actualización: 11:10

El parking Cardona Vives, ‘gafado’, el TSJ anula la adjudicación del concurso de renovación y explotación

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A la tercera tampoco salieron las cosas, el ayuntamiento deberá convocar un nuevo concurso público al que podrá volver a presentarse la concesionaria

El Tribunal Superior de Justicia ha dado al traste con los resultados del último concurso público para restaurar y explotar el aparcamiento de Cardona Vives, el más antiguo de Castellón. El último recurso presentado por la concesionaria ha contado con el amparo de los jueces. El ayuntamiento deberá revisar todo el proyecto y convocar un nuevo concurso público, pero el aparcamiento permanecerá abierto.

Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana

El último concurso público convocado por el Ayuntamiento de Castellón para adjudicar la remodelación y explotación del aparcamiento subterráneo de la plaza Cardona Vives, tampoco ha conseguido desbloquear el proyecto.

El Tribunal Superior de Justicia ha fallado a favor de la actual empresa concesionaria, Saba, y anula el concurso público que se convocó en 2022, porque una de las cláusulas del pliego de condiciones, era incorrecta. La citada cláusula se refería a los derechos adquiridos por la plantilla del aparcamiento. Cuando el ayuntamiento redactó el pliego de condiciones no consideró que la adjudicataria estuviera obligada a recontratar a la plantilla de trabajadores del parking, como así lo mantenía la concesionaria.

  • Parking Cardona Vives
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Y no solo eso, durante el procedimiento, Saba llegó a plantear un recurso ante el Tribunal Administrativo Central, que paralizó temporalmente el concurso, para inadmitir posteriormente el recurso. Con estos resultados, el ayuntamiento siguió adelante.

Se habían presentado dos ofertas, la primera de ellas estaba respaldada por Saba aparcamientos, la empresa que todavía explota el aparcamiento. La segunda, fue presentada por dos empresas, con el compromiso de unirse como UTE (Unión Temporal de Empresas) para desarrollar el proyecto: Juan José Sánchez López (Jujosa) y Grupo Bedege, Gestión Integral.

Las dos mercantiles optaban a desarrollar el proyecto y gestionar el aparcamiento durante los próximos años. Posiblemente, si la adjudicataria hubiera sido Saba, hace ya tiempo que se hubiera redactado el proyecto de la obra y posiblemente ahora se realizarían los cambios para modernizar el aparcamiento.

El error 'de sobre' de Saba

Sin embargo, Saba cometió un ‘error de sobre’ que la dejó fuera de concurso.

El procedimiento de contratación establecido obliga a los licitantes a aportar diferentes datos concretos en cada una de las fases del concurso. En el primer lugar, en el sobre A, se evalúa la capacidad de la empresa para desarrollar el proyecto. En un segundo sobre, el B, se establecen los detalles técnicos que son sometidos a valoración. Y no es hasta la tercera fase, en el sobre C, en el que se postulan las condiciones económicas que plantea cada una de las empresas presentadas. Pero Saba se equivocó de sobre e introdujo los datos económicos de su propuesta en una fase errónea, antes de tiempo. Y con estos pormenores se quedó fuera del concurso público del aparcamiento, que se resolvía a favor de la otra mercantil presentada: Jujosa y Grupo Bedege, Gestión Integral.

Así las cosas, fuera de concurso público, a la concesionaria Saba solo le quedaba una carta por jugar: presentar un recurso contencioso administrativo contra el pliego de condiciones del concurso público. El recurso determinaba la irregularidad del pliego de condiciones, al entender que se vulneraban los derechos de la plantilla al no reconocerse sus derechos laborales y su continuidad en sus puestos de trabajo.

Un recurso que se presentaba complicado una vez que el Tribunal Administrativo Central ya se había posicionado en contra durante el procedimiento del concurso público.

Ambos tribunales funcionan de forma independiente, el TAC es un órgano de consulta administrativa. Pero sus fallos pueden ser recurridos por la vía del Contencioso Administrativo.

Pero en este caso, el TSJ falló a favor de Saba y consideró que la cláusula del pliego de condiciones, que no comprometía la contratación de la plantilla, era incorrecta.

Los técnicos municipales analizaron la sentencia del TSJ y determinaron: si el resto del pliego de condiciones se ajustaba a derecho y lo único que se consideraba incorrecto era esa cláusula, bastaba con eliminarla y seguir adelante.

Es decir, se reconocía la nulidad de la cláusula, pero se mantenía el concurso y su resolución; la nueva empresa admitía los derechos laborales de la plantilla de Saba como propios; y con ese problema zanjado ya solo quedaba esperar que Jujosa y Grupo Bedege, Gestión Integral se hicieran cargo de las obras y la explotación del aparcamiento.

Pero claro, a Saba lo que de verdad le interesaba no era tanto la recontratación de sus trabajadores, sino la posibilidad de volver a optar como empresa a la adjudicación de las obras y la concesión del parking.

Por lo tanto, la solución propuesta por los técnicos municipales no fue del agrado de Saba y la empresa reclamó judicialmente la anulación de todo aquel concurso público que se había desarrollado sobre un pliego de condiciones fallido.

Si el pliego es defectuoso, el concurso es nulo

Y eso ha sido precisamente lo que ha determinado el TSJ. Si el pliego de condiciones tiene un defecto, de forma o de contenido, el resto del procedimiento no se sustenta legalmente. O, dicho de otra manera, se anula el concurso público y hay que volver a comenzar desde el principio. Y en ese nuevo proceso Saba si podría volver a presentarse.

En esta situación, al ayuntamiento no le queda otra que acatar el fallo. Sin embargo, tal como comentaba el portavoz del equipo de gobierno, Vicent Sales, la cosa no será tan sencilla como volver a convocar otro concurso público sin más. Para empezar, los estudios de viabilidad técnica y económica para la concesión del parking se habrían quedado obsoletos, ya que la auditoría externa que respaldaba el anterior concurso público es anterior a 2022.

El ayuntamiento debería volver a revisar la situación el aparcamiento, las adecuaciones y obras que se deberán realizar para poderlo adaptar a las normativas de seguridad actuales. También deberá actualizar el estudio económico que determine: cuánto cuestan las obras, cómo repercutir ese coste en un contrato de explotación, y en qué condiciones.

Porque el ayuntamiento mantiene su interés de que sea una empresa privada la que realice la inversión necesaria para la remodelación del aparcamiento, a cambio de los derechos de explotación durante un periodo de tiempo sin pagar canon alguno a la entidad municipal.

Esta era la tercera vez que el ayuntamiento intentaba desbloquear la situación del aparcamiento de cardona Vives, después de que el periodo de concesión a Saba finalizara en 2017.

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