La entidad municipal también tendrá que asumir las costas del proceso. El cierre fue ordenado tras un asalto al recinto, y un proceso municipal poco claro
El Ayuntamiento de Castellón deberá indemnizar con 51.135 euros a la empresa que montó la carpa de cerveza en el antiguo recinto de ferias y Mercados en octubre de 2021. El TSJ confirma una sentencia del tribunal de Castellón, que consideró inapropiada la decisión municipal de ordenar su cierre anticipado por un incidente de seguridad. Los argumentos municipales indicaron entonces que “carecía de licencia de ocupación”.
Era el mes de octubre de 2021, en pleno ‘puente’ festivo del 12 de octubre. La empresa que organizaba la carpa alemana de la cerveza montaba la actividad de ocio nocturno en el antiguo Recinto de Ferias y Mercados. Había ganas de fiesta, muchas. La pandemia de la Covid todavía estaba presente, pero las normativas autorizaban el desarrollo de las actividades y espectáculos, siempre que se controlaran los aforos y la mercantil solicitó los permisos al Ayuntamiento.
La carpa de la cerveza alemana comenzó su actividad el viernes, 8 de octubre. Sin problemas y con el visto bueno municipal.
El lunes, 11 de octubre, plena víspera de fiesta, la carpa estaba llena de actividad. Había controles en la entrada y el acceso estaba limitado. Un grupo de jóvenes que no habían tenido la oportunidad de entrar a la carpa montó una avalancha para introducirse dentro. Y la cosa se lio.
El 'asalto' se producía en torno a las 00:30 horas de la noche. Los testigos consultados por este periódico indicaron, que la vigilancia fue normal, y que las medidas se cumplieron. Pero llegada esta hora, gente muy joven asaltó las vallas laterales del recinto, saltó incluso por encima de los WC que se habían dispuesto y se abalanzaron por la puerta principal de la carpa. En pocos minutos, la situación se descontroló y los mismos organizadores fueron quienes llamaron a la Policía para intentar contener a los que todavía luchaban por acceder al recinto. Y la noche acabó antes de hora.
Tras este incidente, el Ayuntamiento ordenaba el cierre de la carpa, que todavía estaba ‘autorizada’ para desarrollar su actividad dos días más el fin de semana siguiente. Por supuesto, la empresa organizadora protestó y remitió un comunicado:
“Lamentamos comunicar que, por razones ajenas a nuestra voluntad, el Ayuntamiento de Castelló, mediante resolución de la concejalía delegada de Actividades, notificada hace escasos momentos, ha ordenado la paralización de la gastroktoberfest de Castellón prevista para los días 15 y 16 de octubre de 2021 en el antiguo recinto de Ferias y Mercados”.
Por parte municipal, y por toda explicación manifestaban: "Se ha decretado una paralización de la actividad por cuestiones relacionadas con la autorización administrativa de la actividad y por no quedar garantizada la seguridad del evento".
Además, y según aseguraron desde el ayuntamiento, “Por mucho que las medidas de seguridad recogidas en el proyecto de la actividad pudieran parecer suficientes cuando se solicitó la licencia, las cosas han cambiado. Ante lo que pudiera suceder esta noche o mañana, víspera de festivo, la Carpa de la Cerveza cierra sus puertas”.
La actuación municipal y las declaraciones oficiales no fueron las más acertadas, pero además, la pregunta que se realizaban los periodistas era que, si la carpa llevaba días de actividad... ¿Qué cuestiones eran las que estaban relacionadas con la autorización administrativa? y ¿Por qué no se revisó desde el principio y se comprobaron los permisos? No, no resultaba fácil de entender.
Entre las explicaciones recibidas se argumentó: En casos como este, cuando una entidad solicita permiso para una actividad o un concierto, debe cumplir una serie de requisitos. Por principio, la entidad municipal confía en ‘la buena fe’, y si los papeles solicitados cumplen con lo exigido, se entiende que tienen el permiso provisional. Aunque en este, como en otros casos, quienes deben garantizar que se cumple todo lo indicado no visitaran la instalación hasta después de que el evento abriera sus puertas.
Entre los datos que facilitaron en rueda de prensa, se dijo que La Policía Local había visitado la carpa en la tarde del lunes 11 (la actividad se había iniciado el 8 de octubre), el día de la avalancha y levantó nota de infracción. De forma paralela, la empresa pagaba las tasas que se le habían requerido...
Y con estos mimbres, después del susto de la avalancha el ayuntamiento cerró la actividad de ocio nocturno y afirmó que, como la empresa no había pagado con antelación, al momento en que lo hizo, el permiso no estaba concedido. Tal como se explicó en una rueda de prensa.
Ahora bien, el boletín municipal con el procedimiento de sanción llevaba fecha de 13 de octubre… (cuando la visita se había producido el día 11, que es cuando se produjo la avalancha…) Y antes de que se dictaminara la paralización de la actividad ya estaban pagadas las tasas…
Cabe pensar que, al tratarse de varios días de fiesta, algunos de los actos administrativos se cruzaron en el tiempo, o eso es lo que posteriormente se pudo deducir después de las confusas explicaciones que se dieron.
Pero si estas declaraciones ya resultaron un tanto liosas, todavía se embrollaron más cuando la entidad municipal tuvo que desdecirse en algunas de sus explicaciones anteriores. No es que no hubieran pagado la licencia de actividad, sino la de ocupación…
No, las cosas no discurrieron de forma muy clara. Y la empresa, obligada a cerrar cuando todavía contaba con que tenía permiso para el fin de semana siguiente, se encontró con un agujero en sus cuentas. El personal estaba contratado, los dispositivos instalados, la inversión para los alimentos y las bebidas ya había sido realizada… ¿Quién pagaba todo eso?
La mercantil presentó un recurso en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en contra de la decisión de cierre anticipado adoptada por el Ayuntamiento, en la que ponía en evidencia las pérdidas económicas sufridas con esta medida. El Juzgado falló a favor de la mercantil y en contra del Ayuntamiento en fecha de 3 de noviembre de 2023.
La entidad municipal, disconforme con la decisión, presentó recurso contra la sentencia ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Según ha podido conocer este medio informativo, el TSJCV ha confirmado la sentencia del Juzgado de Castellón.
El tribunal se pronuncia contra la resolución del Ayuntamiento de Castellón adoptada el 15 de octubre de 2021, por la que se ordenaba paralizar la actividad. Condena al ayuntamiento a abonar a la mercantil una indemnización de 51.135,37 euros por los daños y perjuicios sufridos. Además, también condena en costas a la entidad municipal.
La sentencia es firme y no caben más recursos.