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domingo, 24 de noviembre de 2024 | Última actualización: 17:09

El Gobierno mejorará la gestión de residuos de pilas y acumuladores y de aparatos eléctricos y electrónicos 

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El Consejo de Ministros aprueba un nuevo plan para reforzar la vigilancia y el control de los traslados transfronterizos de residuos 

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El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado en su reunión de hoy un Real Decreto para mejorar la gestión de residuos de pilas, acumuladores y de aparatos eléctricos y electrónicos. Este nuevo documento modifica dos textos previos: el Real Decreto sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos de 2008 y el Real Decreto sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de 2015. 

El texto incorpora las modificaciones introducidas en 2018 en las Directivas comunitarias que regulan ambos flujos de residuos en los reales decretos correspondientes, en particular la obligación de hacer uso de instrumentos económicos para aplicar el principio de jerarquía en la gestión de estos residuos. 

En cuanto a la normativa sobre residuos de pilas y acumuladores, el cambio más relevante que se introduce es que los residuos de las pilas y acumuladores que contengan sustancias como el litio o el níquel metal hidruro, tendrán una clasificación específica como residuo peligroso, garantizando que estos residuos se gestionen teniendo en cuenta esas características de peligrosidad. 

En cuanto a la normativa relacionada con residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), se clarifica su ámbito de aplicación, para incidir en que desde agosto de 2018 se aplica a todos los aparatos eléctricos y electrónicos, y no solo a categorías determinadas. Esto permitirá una clasificación más sencilla y coherente con los requisitos de tratamiento específico para cada tipo de RAEE. 

Del mismo modo, se concretan los objetivos de gestión de residuos que deben cumplir los productores de aparatos eléctricos y electrónicos. Para ello, se tiene en cuenta el peso de los RAEE recogidos y financiados por los productores tras su tratamiento específico. También se ordenan las responsabilidades que asumen los productores directamente y se distinguen de otras que se cumplen a través de los sistemas de responsabilidad ampliada, sin suponer en ningún caso una extensión o modificación de sus obligaciones. 

Además, se permite que los sistemas colectivos puedan realizar actividades complementarias siempre que sean financiadas de forma voluntaria y únicamente por aquellos productores que hayan decidido participar en ellas. Al mismo tiempo, se adecúa el importe de su garantía financiera al 25%. Ya que la actual, que representa el 100% del coste medio anual de gestión de los RAEE, resultaba excesiva. 

Este documento aporta más fiabilidad al establecer los objetivos de recogida estatal de RAEE, ya que se podrán añadir objetivos específicos para ciertos aparatos para así poder realizar un seguimiento adecuado de la gestión de los residuos que generen. Por otro lado, se introduce un mecanismo que permitirá flexibilizar los objetivos de recogida separada de las categorías de RAEE, de tal forma que se puedan fijar objetivos menores para categorías de RAEE con más dificultad de recogida y objetivos mayores para otras categorías en las que la cantidad de residuo sea más significativa. Todo ello, sin alterar el objetivo estatal de cumplimiento, que permanece invariable. 

Al mismo tiempo, se mejora la coordinación en materia de RAEE, a través del grupo de trabajo de RAEE de la Comisión de coordinación en materia de residuos, en particular en lo que respecta a las campañas de comunicación presentadas por los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, mediante mecanismos de valoración. También se precisan las funciones de la plataforma electrónica de gestión de RAEE, para indicar más claramente la información que puede obtenerse a través de este instrumento. 

Por último, el documento también refuerza el control de los aparatos eléctricos y electrónicos procedentes de terceros países. Ya que deberá incluirse, de forma visible, el número de inscripción en el Registro Integrado Industrial en la acreditación documental de la importación de estos dispositivos. Este aspecto deberá ser comprobado y supervisado por el Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones, según lo dispuesto por el Real Decreto sobre medidas de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos. 

ALINEADOS CON EL PACTO VERDE EUROPEO 

Este proyecto se ajusta a las prioridades nacionales y europeas en materia ambiental, no sólo por la importancia que estos aspectos han adquirido en la política de la Unión Europea, sino también porque se alinea con el Pacto Verde Europeo, que incluye entre sus medidas impulsar y reforzar la economía circular en Europa para hacerla una realidad. 

A ello se añade el desarrollo de los principios de la economía circular, que se han transformado en ambiciosos objetivos para los próximos años, tal como queda reflejado en la Estrategia Española de Economía Circular, España Circular 2030, aprobada el pasado mes de junio. 

Es destacable que este es el cuarto Real Decreto en materia de gestión de residuos que se eleva a Consejo de Ministros desde la aprobación de la Estrategia. 

Constituye un paso más en el proceso de revisión integral de la normativa de residuos que completará el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados y otros reales decretos en distinto estado de elaboración. 

El objetivo del Plan Estatal de Inspección en materia de Traslados Transfronterizos de Residuos 2021-2026 es asegurar el cumplimiento de la normativa europea mejorando la eficacia de las inspecciones 

 El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado en su reunión de hoy el Plan Estatal de Inspección en materia de Traslados Transfronterizos de Residuos 2021-2026 (PEITTR), según lo acordado con el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales y el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Dirección General de la Guardia Civil. 

De este modo, el MITECO cumple con las obligaciones comunitarias establecidas en materia de traslado de residuos en el ámbito de sus competencias ejecutivas en esta materia. El objetivo del documento es crear un instrumento eficaz para fortalecer y garantizar el cumplimiento de la normativa sobre traslados de residuos mediante inspecciones más eficaces, así como garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente y favorecer la economía circular. 

De este modo, el plan configura las bases de un marco de orientación estratégico en inspección de los traslados transfronterizos de residuos entre España y terceros países, así como los traslados en tránsito por territorio español, para garantizar una planificación periódica y coherente de las inspecciones en esta materia, que se desarrollarán anualmente a través de los programas anuales de inspección. En estos programas se concretará el régimen de las inspecciones en base a los resultados de la evaluación de riesgos. 

Mientras que una parte de estas inspecciones se realizarán en las Aduanas, el resto de las mismas se hará en establecimientos, empresas, agentes y negociantes de residuos autorizados. También se llevarán a cabo controles en el origen, transporte hasta o desde las Aduanas y en el destino de los residuos. 

En el plan también se determinan los requisitos de información que deberán tenerse en cuenta durante los traslados de residuos entre países y también las tareas asignadas a las autoridades competentes y los dispositivos de los que disponen para su correcto desarrollo. Aunque el PEITTR tendrá una duración de seis años, será revisado en 2024 por si fuera necesario actualizarlo. 

COLABORACIÓN ENTRE AUTORIDADES 

Para ejecutar el plan será necesaria la colaboración de todas las autoridades competentes en materia de inspección de traslados de residuos en todo el territorio nacional, que son el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, las Comunidades Autónomas, el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, y el SEPRONA de la Guardia Civil y de otros cuerpos de seguridad del estado y autonómicos. Para ello, ya existen convenios en marcha entre el MITECO y algunas CCAA y con la Dirección General de la Guardia Civil (SEPRONA). 

El Plan de Inspección no tiene repercusión directa en coste para las administraciones públicas ya que los instrumentos previstos serán puestos en marcha con los recursos materiales y humanos existentes. La repercusión presupuestaria de este proyecto es nula porque no supone ni incremento del gasto ni disminución de los ingresos públicos. 

MEDIDAS DE CONTROL NECESARIAS 

Los residuos peligrosos y sus movimientos transfronterizos pueden causar daños a la salud y al medio ambiente si no se gestionan adecuadamente y hay un peligro creciente como consecuencia de la generación y la complejidad cada vez mayores de los residuos peligrosos, y de sus traslados entre países. 

Los movimientos transfronterizos de este tipo de residuos desde el estado en que se hayan generado hasta cualquier otro país deben permitirse solamente cuando se realicen en condiciones que no representen peligro para la salud humana y el medio ambiente, de acuerdo con los convenios internacionales al respecto. Un mejor control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos actuará como incentivo para su manejo ambientalmente racional y para la reducción del volumen de tales movimientos transfronterizos. 

Por ello, resulta imprescindible tomar las medidas necesarias para el control e inspección del manejo de los residuos peligrosos, incluyendo sus movimientos trasfronterizos y su gestión, de tal manera que sea compatible con la protección de la salud humana y del medio ambiente, cualquiera que sea el lugar de su tratamiento. Controles que también se hacen pero con menor sobre los residuos no peligrosos. En definitiva, se ha de velar por que el productor del residuo cumpla sus funciones con respecto al transporte y a la eliminación de los residuos de forma compatible con sus necesidades de protección, sea cual fuere el lugar en que se efectúe la gestión.