El conseller de Hacienda y el vicepresidente ejecutivo de la Agencia Valenciana de la Innovación han firmado hoy un convenio de colaboración. El convenio podría aplicarse a diversas áreas de la gestión administrativa tales como la compra de mobiliario innovador o la contratación de sistemas basados en la gestión de la calidad, entre otros. El presente convenio no dará derecho a contraprestación económica a favor de ninguna de las partes, asumiendo cada una de ellas el coste, si lo hubiera, de las actuaciones que deban desarrollar
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El conseller de Hacienda y el vicepresidente ejecutivo de la Agencia Valenciana de la Innovación han firmado hoy un convenio de colaboración
El conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler, y el vicepresidente ejecutivo de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI), Andrés García Reche, han firmado un convenio de colaboración para el desarrollo de estrategias de compra pública innovadora.
El convenio podría aplicarse a diversas áreas de la gestión administrativa tales como la compra de mobiliario innovador o la contratación de sistemas basados en la gestión de la calidad, entre otros.
A través del convenio, cada uno de estos organismos aportará su conocimiento, especialización y experiencia en sus respectivos campos de actuación, la AVI en materia de innovación, y la Central de Compras, órgano dependiente de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, en el ámbito contractual.
En este sentido, las actividades a realizar por la Central de Compras serán la determinación del ámbito y alcance de las obras, suministros y servicios susceptibles de centralización a los que se aplicarán las nuevas estrategias innovadoras. También decidirá las modalidades de contratación más adecuadas.
Por su parte, la AVI se encargará del asesoramiento técnico en la implementación y diseño de cláusulas y procedimientos específicos de innovación para la contratación centralizada, en la asistencia durante los procedimientos de contratación centralizada y en el asesoramiento técnico al órgano de contratación.
El presente convenio no dará derecho a contraprestación económica a favor de ninguna de las partes, asumiendo cada una de ellas el coste, si lo hubiera, de las actuaciones que deban desarrollar.