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jueves, 21 de noviembre de 2024 | Última actualización: 19:57

Las administraciones que piden documentos 'que ya están en el sistema' incumplen la legalidad

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El Síndic denuncia los problemas de los ciudadanos para tramitar servicios en tiempos de Covid

El síndic de Greuges ha reclamado a las administraciones de la Comunitat Valenciana que se coordinen, porque tienen obligación legal de tramitar los servicios y gestiones sin exigir una documentación de la que ya disponen. Luna exige ‘la ventanilla única’ para evitar falta de atención a los ciudadanos en tiempos de Covid, con la restricción de la atención presencial y las ‘citas previas’ que a veces llegan con demasiado retraso

EM/ Castellón Información

 

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(Imagen de archivo)

Mil veces se ha hablado de la necesidad de facilitar una ‘ventanilla única’, esto es, que las administraciones se pongan en contacto entre si, para que puedan compartir documentos que son necesarios a los ciudadanos para tramitar servicios o prestaciones.

Pero esa ‘ventanilla única’ no funciona como debería. De esta forma, cuando un vecino va a solicitar una prestación o un servicio, se encuentra con la exigencia de que debe presentar una documentación que, en tiempos normales, le llevaría de una administración a otra para poder cumplir todos los requisitos que se le exigen.

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Ahora, el problema es mucho mayor. Tal como ha detectado el síndic de Greuges, la restricción de los servicios presenciales se traduce en innumerables llamadas de teléfono para solicitar ‘cita previa’ que, en muchos casos, se dan con mucho retraso. Se forman colas en diferentes administraciones. Y lo que es peor, hay muchos ciudadanos, fundamentalmente los que se encuentran en situaciones más vulnerable que no tienen ordenador, ni acceso a internet ni saben como tramitar sus servicios a través de las redes.

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha detectado que buena parte de los problemas que denuncia la ciudadanía tienen que ver con las graves dificultades que surgen para obtener documentos que les exige una administración para tramitar un servicio, ayuda o prestación.

Pero además, recuerda, que las administraciones están legalmente obligadas a coordinarse entre si. “es una obligación legal que las administraciones actúen de forma coordinada aprovechando la información de la que disponen y así evitar que las personas tengan que aportar documentación que ya está disponible en el sistema”.

Esta circunstancia se ha puesto de manifiesto, fundamentalmente, como consecuencia de la pandemia. El ‘vuelva usted mañana’, se ha convertido en una verdadera pesadilla, ahora que la atención no es presencial. Y esto ha sido más evidente, todavía, con la tramitación de ayudas como el Ingreso Mínimo vital.

En la teoría, y según recuerda el síndic de Greugues, las diferentes administraciones están conectadas entre si. Por tanto, resulta mucho más fácil a una administración conseguir la documentación que requieren a los ciudadanos. Pero es que, además, están legalmente obligadas a ello.

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(Imagen de archivo)

El síndic ha reclamado a las administraciones que se coordinen y sólo requieran documentos y datos de los que no dispone o son de nueva creación. En su reclamación el sindic indica que las administraciones no deberán exigir los documentos o certificados que ya se encuentren en poder de la administración que está tramitando la solicitud;  que  hayan sido elaborados por cualquier otra administración,  o hayan sido previamente aportados ante cualquier administración.

Sí se podrá solicitar al ciudadano que explique cómo cuando o a través de qué institución tramitó estos certificados, pero será obligación de la administración local conseguirlos porque ya se encuentran en el sistema;  o cuando se justifique que es imposible para la administración obtenerlos a través de sus propios medios.

Modelos que faciliten los derechos de las personas

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(Imagen de archivo)

Por otra parte, el síndic también señala que la administración debe incluir en todos los procedimientos, modelos que faciliten este derecho a las personas.

Del mismo modo, para facilitar los trámites administrativos, la administración únicamente debe exigir a las personas que corrijan los defectos de sus solicitudes cuando sea realmente necesario, teniendo en cuenta que:

a) No todos los defectos tienen la misma importancia. Debe tenerse en cuenta la forma más fácil de corregirlos desde el punto de vista de la persona interesada, facilitándole esta labor.

b) Los defectos pueden ser corregidos mientras la administración no declare de forma expresa el desistimiento de la persona; esto es, que ya no muestra interés real en continuar con su petición.

c) Los escritos, en los que exigen  a las personas que aporten datos o documentos,  deben ser puestos en su conocimiento de modo directo y resultar claros; no debe quedar duda de qué se pide, para qué se pide y en qué normativa se apoya la administración. Esto es de especial importancia en los procedimientos cuyo fin es facilitar ayudas para atender a personas en situaciones de necesidad.

El síndic de Greuges afirma que debe evitarse que esta documentación que se solicita para la prestación de los servicios o la concesión de ayudas se conviertan en obstáculos insalvables para los vecinos que, por tanto no puedan tramitarlas por no poder aportarlas, cuando ya se encuentran en poder de la administración.