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viernes, 22 de noviembre de 2024 | Última actualización: 22:28

Las infracciones en la Marjalería y las órdenes de demolición pasarán a ser responsabilidad autonómica

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Castelló cederá a Generalitat el control de la legalidad del territorio y las transgresiones en Suelo no Urbanizable

El Ayuntamiento de Castelló pretende aprobar en el próximo pleno la cesión del control de la legalidad urbanística en Suelo no Urbanizable a la Generalitat. Esta cesión puede afectar muy gravemente a la Marjalería, ya que será el órgano autonómico el que controle, abra los expedientes de infracción, imponga sanciones u ordene demoliciones. Los marjaleros que incumplan le perderán la cara al Ayuntamiento.

Esperanza Molina/ Castellón Información

 width=El pleno del ayuntamiento de Castelló aprobará en el pleno del próximo jueves, 29 de julio,  un punto que, aparentemente se presenta ni pena ni gloria, pero que puede tener una repercusión fundamental para los ciudadanos, especialmente en zonas como la  Marjalería.

Se trata de un acuerdo por el que el ayuntamiento se adhiere a la Agencia Valenciana de Protección del Territorio, concebida como un órgano autónomo, dependiente de la Generalitat Valenciana. Mediante esta adhesión, el ayuntamiento podrá delegar en esta Agencia las competencias de protección de la legalidad urbanística sobre Suelo no Urbanizable.

¿Qué supone concretamente esta adhesión?

 width=Según recoge el documento, será esta agencia la que “asuma de forma exclusiva la protección de la legalidad urbanística, sanción y restauración de la legalidad urbanística respecto a las infracciones urbanísticas graves o muy graves en Suelo no Urbanizable común o protegido de este municipio que se empiecen a construir a partir de la fecha de la publicación del acuerdo”.

Y según los estatutos de la Agencia de Protección del Territorio, aprobados por el Consell, "Iniciado (el procedimiento) por la Generalitat en estos supuestos el ejercicio de su competencia, el municipio tendrá que abstenerse de toda actuación respecto de este asunto desde el momento en que reciba la oportuna comunicación, remitiendo a la administración autonómica las actuaciones que hasta ese momento hubiera, en su caso, desarrollado".

"En los municipios que se adhieran a l'Agència, la potestad autonómica de protección de la legalidad urbanística se ejercerá de forma concurrente con el municipio, respecto a las infracciones graves o muy graves en suelo no urbanizable, común o protegido, cometidas antes de la fecha de publicación del acuerdo de adhesión".

 width=En relación con estas infracciones, si no se hubiera iniciado ningún procedimiento municipal de protección de la legalidad urbanística, l'Agència podrá asumir la competencia exclusiva para iniciar y tramitar el correspondiente procedimiento por delegación del municipio, siempre que así conste expresamente en el acuerdo de adhesión".

"Asimismo, se ejercerá de forma exclusiva respecto a las infracciones graves o muy graves cometidas en suelo no urbanizable, común o protegido, que correspondan a edificaciones que se empiezan a construir después de la fecha de publicación del acuerdo de adhesión".

"La Agència Valenciana de Protecció del Territori tiene entre sus funciones la inspección y vigilancia urbanística sobre los actos de edificación y uso en suelo no urbanizable, y la adopción de las medidas cautelares previstas en la legislación urbanística, en especial las de suspensión de los actos de edificación y uso del suelo que se realicen en suelo no urbanizable sin las preceptivas autorizaciones municipales y autonómicas o incumpliendo las condiciones de las autorizaciones otorgadas".

 width="La adhesión de los municipios a la Agència implica la delegación de las competencias de sanción y restablecimiento de la legalidad urbanística que correspondan al municipio que se ha integrado voluntariamente, en los supuestos de infracciones urbanísticas graves o muy graves en suelo no urbanizable, común o protegido. La potestad de inspección y supervisión se ejercerá de forma concurrente entre el ayuntamiento adherido y la Agència".

"Para la incorporación de un municipio, la Agència requiere un acuerdo de adhesión del pleno municipal adoptado por mayoría absoluta, que deberá ser confirmado por la dirección-gerencia de la Agencia y publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. El acuerdo de adhesión tendrá una vigencia de quince años y se podrá prorrogar".

 width=Es cierto, que el texto recoge que la Agencia no podrá tramitar las infracciones graves o muy graves cuyo expediente se hubiera iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de este acuerdo… pero también lo es, lo que indica en algunos puntos de la información remitida por la Generalitat expuesto un poco más arriba:" l'Agència podrá asumir la competencia exclusiva para iniciar y tramitar el correspondiente procedimiento"

Y sobre todo, que muchas de las viviendas de la Marjalería se encontrarían afectadas por estar situadas en Suelo No Urbano; que el nuevo Plan General contempla la recalificación de Suelo Urbanizable y Urbano a No Urbano. O que el Suelo Urbanizable que no se haya desarrollado en un plazo de 12 años, pasará automáticamente a ser Suelo No Urbanizable.

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Vivienda Camí Donació Marjaleria Castellón 2015

Todavía conviene hacer otra reflexión. Aunque haya expedientes abiertos por el ayuntamiento, si estos caducaran o se cerraran ahora, por cualquier motivo (como sucedió recientemente en la orden de demolición parcial que afecta a una vivienda del Camí de la Donación) basta un pequeño desliz por parte de los propietarios, de un arreglo sobre la edificación, para que se abra un nuevo expediente que podrá retrotraerse en el tiempo, sobre el que si tendría potestad esta Agencia de Protección del Territorio.

Dicho de otra manera, cualquier vivienda o edificación en Suelo No Urbano, ahora o cuando entre en vigor el nuevo Plan, podría verse afectado por esta delegación de competencias.

 width=Cabe recordar también, que el nuevo documento urbanístico deja en situación de precariedad a todas las viviendas de la Marjalería en tanto no se realice un nuevo proyecto de urbanización o una intervención de ‘minimización de impactos’.

La cosa no deja de ser preocupante. La institución más cercana a cualquier ciudadano es siempre su ayuntamiento. El vecino conoce la cara y los nombres de quienes le gobiernan desde la entidad municipal. Pero cuando tiene que lidiar con otras instituciones, ya sea la Generalitat o el Estado, la distancia aumenta y su capacidad de defenderse, también.

Con la cesión de esta competencia, la entidad municipal se lava las manos, la competencia será del órgano autonómico y el vecino afectado se encontrará con que tan siquiera conoce la cara de quien le abre una infracción u ordena la demolición parcial o total de la vivienda. Será un órgano mucho más anónimo el que asuma estas funciones y se enfrente a los vecinos, a los que no les quedará ni la posibilidad de amenazar con retirarle el voto a ‘sus políticos’.

Seguramente, la legalidad es la legalidad, y la protección del territorio, también, también, pero en áreas como esta se dan demasiadas circunstancias, muchos componentes especiales que solo se pueden abordar desde la proximidad y el conocimiento de por qué se producen muchas de estas situaciones, y en las que solo un ayuntamiento es capaz de proponer soluciones frente a un órgano externo al que ni le importa ni le afecta.