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El Partido Popular de Onda ha reclamado hoy al cuatripartito que gobierna la ciudad que ponga en marcha ya las rebajas del IBI aprobadas gracias a la propuesta que los populares elevaron al pleno y que, además, “se aplique con efecto retroactivo” en beneficio de todos los ondenses afectados.
Los populares han explicado que gracias a la nueva legislación (Ley 13/2015 sobre modificación del Catastro en la valoración de suelos urbanizables), que se aprobó el pasado 24 de junio, permite que el suelo urbano que se ha quedado sin un desarrollo pase a ser considerado como suelo rústico a efectos única y exclusivamente catastrales, con el consecuente ahorro para el contribuyente al pagar la contribución del mismo.
La edil popular Carmina Ballester ha explicado “que desde el año 2000, más de 1.000 parcelas de Onda, que suponen una extensión de más 2,6 millones de metros cuadrados están pagando un IBI urbano como si tuvieran un solar dotado de servicios tales como aceras o saneamiento pero “sin derecho a edificar ni obtener licencias”. Parcelas situadas en Beniparrell, Bobalar, Sanchils, Pedrisetes, Sitjar Baix, Montí-Merlota, San Francesc o la Murteta, entre otras y por enumerar algunas han venido sufriendo desde la recalificación que realizó el PSOE unas cargas que no eran justas.
Tras la aprobación en en el pleno de la propuesta “se debería empezar a aplicar esta rebaja para que todos estos vecinos que se verán beneficiados puedan cogerse a la nueva norma y, por lo tanto, puedan pagar menos de IBI”.
Ballester recuerda que la política fiscal del PP “es muy clara” puesto que “siempre hemos creído en la rebaja de impuestos y no sólo lo hemos creído, sino que lo hemos demostrado con rebajas en el IBI, en las tasas y en todos los impuestos”. Unas decisiones que se pudieron tomar “gracias a tener las cuentas saneadas” y a haber reconducido la situación de deuda heredada del PSOE de Onda.
La nueva legislación permite ahora que los terrenos que están clasificados como urbanizables puedan pasar a ser considerados rústicos a efectos catastrales. Una situación que significa una disminución del IBI urbano, también del impuesto municipal del Incremento de Valor de los Terrenos (plusvalía municipal), y también en supuestos de transmisión del bien, por compraventa o donación, y en los casos de adquisición por herencia, también conlleva una disminución del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de Sucesiones y Donaciones. También una disminución de la base imponible a efectos de IRPF (si hay edificaciones) y a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio (tanto si hay edificación como si no la hay), ya que el hecho imponible de esos impuestos es ostentar la condición de propietario del bien, y su valoración es el valor catastral del mismo.