Los padrones fiscales serán expuestos al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro
Castellón Información
El Ayuntamiento de Oropesa del Mar aprobó en junta de gobierno el calendario fiscal del contribuyente para el ejercicio 2018. Los periodos de cobro de los tributos locales de notificación colectiva y periódica serán los siguientes:
Desde el 21 de marzo al 20 de julio se cobrará el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras (vados) y la tasa por prestación del servicio de concesión de licencias para la utilización privativa de puestos en el mercado municipal. La fecha de cargo de las domiciliaciones bancarias será el 2 de mayo.
Asimismo, desde el 6 de julio al 22 de octubre se cobrará el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y Características Especiales (IBI) y la tasa por servicio de alcantarillado a campings. La fecha de cargo de las domiciliaciones bancarias será el 1 de agosto. Por último, desde el 20 de septiembre al 20 de noviembre se cobrará el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). La fecha de cargo de las domiciliaciones bancarias será el 3 de octubre.
Los padrones fiscales, conteniendo las cuotas a pagar y los elementos determinantes de éstas, serán expuestos al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro, y por un período de un mes. Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones a estos incorporadas, se podrá interponer recurso obligatorio de reposición, con carácter previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública de los correspondientes padrones.
El pago se efectuará mediante documento cobratorio en las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras: Sabadell, BBVA, Bankia, Santander, Caixabank y Cajamar. Transcurridos los períodos de cobro, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, costas de procedimiento.