Castellón Información
Los funcionarios de la Policía Local de toda la Comunidad Valenciana podrán solicitar a sus respectivas corporaciones la compatibilidad con otro segundo empleo o actividad profesional de cualquier ámbito siempre y cuando, como el resto de funcionarios, no interfiera en su actividad como empleado público. Este hecho, novedoso en la Comunidad Valenciana supone un cambio radical respecto a las Policías Locales ya que hasta ahora a los agentes se les denegaban todas las compatiblidades con otras profesiones que no fueran en el ámbito de la educación o el arte. Actualmente y gracias al cambio de postura del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en este ambito expresado en una sentencia del 8 de julio, los agentes podrán compatibilizar su empleo de agentes con otra actividad profesional como la abogacia, la medicina o cualquier otra ocupación.
Los hechos se remontan al año 2014 cuando el actual Intendente General de Castellón, Javier Genovés, que en ese momento prestaba sus servicios en el Ayuntamiento valenciano de Silla, solicitó a esta corporación municipal la compatibilidad de su puesto policial con el ejercicio de la abogacía. El Ayuntamiento de Silla se lo denegó y Javier Genovés interpuso entonces una demanda ante un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valencia para solicitar la nulidad de esta decisión municipal. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo denegó la demanda alegando criterios establecidos con anterioridad por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el cual nunca había reconocido el derecho de las Policías Locales a ejercer ninguna actividad profesional distinta a la estrictamente policial. El Intendente General recurrió entonces ante este organismo, el TSJCV, al entender que “existe una clara discriminación de los policías locales de esta comunidad autónoma respecto a otros funcionarios municipales de la Comunidad Valenciana, otras policías locales del resto de España y el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, que si pueden ejercer otras profesiones al margen de su actividad policial”.
El propio intendente general, en su condición de doctor en Derecho y en su día abogado colegiado defendió esta causa en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana apoyándose en los cambios en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y en la actual normativa del régimen disciplinario y de incompatibilidades de la Policía Nacional (Ley Orgánica 4/2010). Recientemente, el 8 de julio, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha resuelto el recurso estimando que “es posible la compatibilidad siempre que se supedite a las exigencias y dedicación propias de la prestación del servicio”. De esta forma y aunque deniega lo solicitado en tanto no se ajusten los conceptos retributivos en nómina, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana cambia radicalmente su criterio respecto a la compatibilidad de un segundo empleo para los funcionarios de Policía Local de la Comunidad Valenciana y actualmente con esta postura del TSJCV, las corporaciones locales podrán autorizar las solicitudes que los agentes tramiten para poder compatibilizar su empleo con una segunda actividad profesional.
Según el Intendente General de la Policía Local de Castellón, Javier Genovés, “se trataba de reparar una injusticia histórica y esta nueva orientación del TSJCV va a ser beneficiosa para los Ayuntamientos y ciudadanos de la Comunidad, porque va a permitir que profesionales cualificados en distintas áreas, pero con vocación por nuestro oficio, se incorporen a sus policías locales y aumenten aún más la calidad de su capital humano. El principal escollo ya ha sido salvado y mi tarea termina aquí; ahora corresponde a los representantes del colectivo procurar que este derecho se consolide y pueda ser ejercido por todos los policías locales valencianos”.