La agente reconoció los hechos y cumplió la sanción de dos años de cese temporal que le impuso el ayuntamiento
El Ayuntamiento de Castelló deberá readmitir en el servicio activo a una policía local que fue cesada en 2016 por la comisión de un delito de robo. La agente fue separada del servicio por una falta muy grave por espacio de dos años. Cumplida la sanción, ha solicitado volver a su puesto de trabajo. Deberá ser readmitida porque los ‘antecedentes penales’ se aplican en el procedimiento de ‘ingreso’, no de ‘reingreso’
EM/ Castellón Información
La vida da muchas vueltas y no siempre se acierta; pero cumplidas las responsabilidades pendientes y, en este caso, las sanciones correspondientes, se puede tener opción a una segunda oportunidad.
Esto es lo que ha ocurrido con una agente de la Policía Local de Castelló, que en septiembre de 2015 cometió un delito de robo. El hecho fue descubierto y confirmado con el visionado de soportes videográficos.
Por esta razón, además del procedimiento judicial, que confirmó los hechos con sentencia firme, en el Ayuntamiento se le abrió un expediente por falta muy grave. En consecuencia, primero se declaró la suspensión cautelar del servicio y posteriormente fue sancionada con dos años de suspensión de funciones.
La agente cumplió su pena, e indemnizó a las personas agraviadas con 413 euros. transcurrido el tiempo, la policía ha solicitado su reinserción al servicio activo. Sin embargo, esta solicitud encontró reticencias, ya que según la normativa, no podrá ingresar en el cuerpo de Policía Local una persona que tenga antecedentes penales.
Interpuesto el recurso correspondiente, y a falta de jurisprudencia clara sobre este tema, se ha considerado que, si bien es cierto que no podrá acceder al cuerpo de seguridad una persona con antecedentes penales, en este caso no se trata de un ‘ingreso’ sino de una reincorporación a un servicio que ya se prestaba antes de la falta cometida.
Por todo ello, y estudiada la razón del recurso se ha acordado levantar esa ‘suspensión provisional’ y conceder el plazo de un mes para que la policía pueda reincorporarse a su puesto de trabajo en la Policía Local, con los efectos económicos y administrativos que le correspondan desde el momento en que cumplió la sanción impuesta.
Si la agente decidiera no incorporarse en la fecha fijada, se entenderá que solicita una excedencia voluntaria.