La irregularidad de los votos por correo que se ha detectado en las presentes elecciones tiene ya su dictamen. La Junta Electoral ha acordado que las mesas electorales deben reputar como válido el voto emitido en un sobre en el que figure una papeleta correspondiente a las elecciones en curso (generales de 2019) aunque vaya acompañada de una papeleta correspondiente a las elecciones de 2016. Asimismo, debe reputarse nulo el voto emitido en un sobre en el que únicamente figure una papeleta de 2016, dado que existen dudas razonables sobre la voluntad del elector